martes, 13 de diciembre de 2011

OBSERVACIONES PROPUESTA ORDENANZA LOCAL JUEGOS ELECTRONICOS

Sr. Pablo Astete Mermoud
Alcalde Villa Rica
Presente

Según lo acordado en la última reunión del Concejo Municipal, deseo hacer las siguientes observaciones a la ordenanza juegos electrónicos:


1.- En Vistos se deberían agregar además las normas indicadas en el Art.3
2.- Art.7 letra c. La norma que regula fuentes fijas de ruidos como en este caso es el D.S N°146 del MINSEGPRES, de manera que debería citarse tal norma a cumplir. Verificar por favor
3.- Art.7 letra e. Respecto de los baños debe chequearse con normas sanitarias, ya que si trabaja una mujer en el local debe haber un baño de mujeres y un segundo para clientes. Revisar con Of. Acción Sanitaria por favor
4.- Art.8. Tengo dudas que el municipio por una ordenanza pueda restrigir una actividad económica limitando el número de máquinas. No creo que esté facultado para ello. Rogaría revisar por favor
5.- Art.12. Tengo dudas que el municipio pueda gravar a las máquinas con el pago de un derecho. El Art.42 indica que el municipio puede establecer derechos no regulados, pero sólo para servicios que preste éste. En este caso el municipio no efectúa ningún servicio asociado a estos locales. Revisar por favor.
6.- Art.1 Transitorio. Parece razonable aumentar a 6 meses el plazo para regularizar situación ya que no tan sólo se deben periciar máquinas , si no también cumplir normas dentro del local que requirá cambios en algunos casos estructurales.
7.- Se debería agragar como requisito un certificado de redes eléctricas conforme a las normas SEC, ya que uno de los problemas es que los locales a vaces tienen problemas eléctricos que puden constituir riesgos, por no respeto de normas


Atte


Victor Durán Rivera
Concejal

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