BASES DE CONVOCATORIA PARA POSTULAR AL CONCURSO DE PROYECTOS
FONDO DE DESARROLLO VECINAL (FONDEVE)
VILLARRICA PARA EL PERIODO 2011
I.-GENERALIDADES
La participación ciudadana en la gestión del Estado, es una condición indispensable para la dinámica del proceso democrático y la implementación de Fondos de Desarrollo Vecinal, son parte de este proceso, lo que se materializa a través de la formulación y postulación de proyectos de inversión desde la ciudadanía organizada, en donde se busca satisfacer necesidades de las comunidades y contribuir a hacer más racional el uso de los Fondos Públicos, procesos y metodologías que adquieren mayor fuerza e importancia en una realidad de donde los recursos son escasos.
La materialización de los procesos de participación ciudadana requieren, de parte del sector público, además de la necesaria normativa y reglamentación, la apertura y el establecimiento de espacios y mecanismos que acojan las preocupaciones, necesidades y propuestas provenientes de la ciudadanía, y la generación de procesos permanentes de formación para el ejercicio de una ciudadanía responsable y autónoma.
El concepto tradicional de ciudadanía, ligado a una nueva definición, plantea la necesidad de ampliar los contenidos y renovar los conceptos de participación y ciudadanía, sobre la base de reconocer la diversidad cultural como uno de los valores más importantes de la comunidad actual.
Que de conformidad al artículo 2º letra e) del Reglamento del Concejo Municipal, se deben establecer reglas objetivas para asignar recursos municipales, que en esencia pertenecen a la comunidad comunal, a las distintas organizaciones territoriales que manifiesten su intención de participar, mediante la proposición de sus propios proyectos que reflejan sus necesidades y anhelos
II.- OBJETIVO GENERAL DEL FONDO CONCURSABLE
Contribuir a la implementación de proyectos innovadores, generados, diseñados y gestionados por organizaciones comunitarias territoriales con personalidad jurídica vigente e inscritas en el Registro de Personas Jurídicas receptoras de fondos públicos, con actividades en Villarrica, con el fin de colaborar al fortalecimiento de la organización, al fomento de la autogestión, la participación comunitaria, la protección del bien público y al establecimiento de redes colaborativas vecinales.
1.- CONVOCATORIA Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES:
La convocatoria se desarrollará a través del presente documento, denominado: “BASES DE CONVOCATORIA CONCURSO DE PROYECTOS FONDO DE DESARROLLO VECINAL (FONDEVE) VILLARRICA 2011”, en el que se establecen las modalidades y los plazos de postulación, los tipos de proyectos a postular, las organizaciones que podrán participar, los montos a considerar y las demás consideraciones técnicas que se requieran para el óptimo funcionamiento del FONDEVE.
2.- DIFUSIÓN:
La Dirección de Desarrollo Comunitario de la Ilustre Municipalidad de Villarrica instruirá a la oficina de Relaciones Públicas, quien hará pública la convocatoria a concurso, informando a las organizaciones comunitarias de las Bases de Convocatoria. La DIDECO, además, hará publicar un extracto, el cual deberá ser difundido los días 01 al 31 de Agosto del año en curso, en el diario “Correo del Lago” de circulación comunal con cargo al convenio suscrito con este Municipio. A su vez, la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO), a través de la Oficina de Organizaciones Comunitarias, tendrá entre sus funciones, la entrega de bases de postulación, asesoría a las organizaciones postulantes, recepción de antecedentes de los proyectos presentados, coordinar y dirigir el trabajo de la Comisión Evaluadora, redacción, visación de los respectivos convenios, supervisión de la ejecución de proyectos y los informes de avance de los mismos hasta su concreción.
Sin perjuicio de la publicidad que se le dará a esta Bases de acuerdo a la Ley 20.285 “De Transparencia de la Función Pública” mediante su inclusión en la pagina WEB del Municipio.
III.- DE LOS POSTULANTES Y TIPOS DE PROYECTOS
1.- INSTITUCIONES QUE PUEDEN POSTULAR:
Podrán postular al Concurso Proyectos Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) Villarrica 2011, todas las personas jurídicas de carácter público, sin fines de lucro, constituidas en virtud a la Ley Nº 19.418, que sean organizaciones territoriales, que tengan personalidad jurídica vigente a la fecha de la postulación al concurso FONDEVE, que tengan R.U.T, y que estén inscritos en los Registros de Personas Jurídicas Receptores de Fondos Públicos (Ley 19.862)
Sin embargo, Las Organizaciones que tengan en ejecución proyectos con fondos públicos durante el año 2010 - 2011, (ejemplo: proyecto de seguridad pública, previene y otros), quedarán inhabilitadas de postular al Concurso de Proyectos Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) Villarrica 2011. Asimismo, estarán inhabilitadas de postular las organizaciones que tengan pendiente rendiciones de cuentas a la fecha con la Municipalidad o con otros Organismos Públicos cualquiera sea su origen.
2.- MONTOS DE POSTULACIÓN:
Podrán presentarse proyectos cuyo aporte municipal no supere la suma de $ 1.000.000, (Un millón de pesos).No obstante, el presente concurso contempla un presupuesto global de $ 9.000.000, (nueve millones de pesos).
3.- EL PRESENTE CONCURSO FINANCIARÁ PROYECTOS EN LAS SIGUIENTES ÁREAS O MATERIAS:
• Compra de Terrenos: entrega financiamiento para la compra de terreno destinado sólo a la construcción de sedes sociales, pagando en forma parcial o total su valor, debidamente respaldado.
• Medioambiente: Se entenderá por tales a todas aquellas iniciativas que digan relación con la protección, limpieza y mantención de los espacios físicos de las respectivas unidades vecinales. Además de ello, iniciativas de educación, difusión o prevención en materias del cuidado del ambiente natural o construido, fomentar el reciclaje y manejo de residuos sólidos.
• Fomento a la Cultura - Eventos: Consiste en el apoyo a actividades de promoción, difusión y realización de actividades de índole cultural como así también la adquisición de implementación para la concreción de estas actividades. Con relación a los eventos, estos deben ser en los ámbitos de la cultura, entretención y recreación, los cuales serán de carácter participativo y ejecutar a lo menos cuatro eventos durante el desarrollo del proyecto.
• Fomento Productivo: Se entenderá por tal, todas aquellas materias destinadas a mejorar los ingresos de los asociados a las Juntas de Vecinos que deseen desarrollar actividades de generación de empleo para sus asociados, ya sea fortaleciendo sus actuales actividades productivas o introduciendo innovación tecnológica.
• Equipamiento o Mejoramiento Urbano: En esta línea se podrán postular ideas de proyectos de construcción, ampliación, cierres perimetrales, mantención y reparación de infraestructura y equipamiento de inmuebles de uso comunitario. En todo caso este tipo de iniciativas deben apuntar a generar una mayor participación de los vecinos, la integración y asociatividad frente a problemas comunes.
• Promoción de la participación de los vecinos y sus familias: Proyectos orientados a resolver inquietudes de formación, recreación, integración, participación y capacitación de los vecinos de la comuna de Villarrica, de tal manera de fortalecer sus organizaciones, potenciar su autonomía económica y colaborar en el desarrollo de sus hijos. En general, en este ámbito, se puede postular proyectos que beneficien el desarrollo social, y de mejoramiento a las condiciones de vida a los integrantes y/o beneficiarios de las organizaciones participantes, tanto urbanas como rurales de la comuna.
Tanto los proyectos de inversión como los de equipamiento, deberán desarrollarse en terrenos fiscales y/o de las organizaciones comunitarias ejecutantes, no pudiendo hacerse en terrenos o en construcciones de particulares o de terceras instituciones. Para lo cual las organizaciones en el caso que corresponda deberán demostrar que la organización se encuentra en legítima posesión y/o tenencia del inmueble, a la fecha de postulación del proyecto.
Podrán también contratarse servicios a honorarios de profesionales competentes, según corresponda, para la ejecución de los proyectos, cuyos montos no deberán sobrepasar el 20% del monto solicitado al FONDEVE.
IV.- REQUISITOS Y POSTULACIÓN
1.- REQUISITOS:
Los proyectos deberán cumplir con los siguientes requisitos básicos de postulación:
a) Los proyectos deben ser ejecutados en su totalidad dentro del año calendario en que postulan, esto es hasta el 31 de Diciembre de 2011.
b) Los proyectos deberán realizarse dentro del área territorial comunal.
c) Los proyectos que se presenten, donde se vea afectado un inmueble, deberán contar en forma obligatoria con un Certificado de Dominio Vigente, y un Certificado de Factibilidad Técnica otorgado por la Dirección Municipal que corresponda de acuerdo a la naturaleza del proyecto.
d) Las organizaciones comunitarias deberán presentar sus proyectos a la Comisión FONDEVE en los lugares y plazos señalados en el calendario de postulación, constituyendo causal de eliminación inmediata el no cumplimiento de lo anteriormente dispuesto.
e) El Municipio apoyará técnicamente en los proyectos a los participantes que así lo soliciten, por la Dirección de Desarrollo Comunitario, a través de su oficina de Organizaciones Comunitarias, a partir del 01 y hasta el día 31 de Agosto del año en curso, en horario de 09:00 a las 13:00, en las dependencias de esa Oficina, ubicada en General Urrutia Nº 579 de esta ciudad.
2.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:
Al momento de presentar la postulación de proyectos, las organizaciones deberán adjuntar la siguiente documentación:
a. Formulario de Postulación Fondo de Desarrollo Vecinal, FONDEVE 2011, que corresponde al documento oficial que se entrega por la Dirección de Desarrollo Comunitario, a los interesados.
b. Certificado original de vigencia de la Junta de vecinos y su Directorio, el que deberá solicitarse en la Secretaría Municipal, Este certificado no deberá tener fecha de emisión anterior al mes de Agosto de 2011.
c. Fotocopia del RUT de la Organización y del Cédula Nacional de Identidad del representante legal
d. Fotocopia autorizada ante Notario, del documento que acredite dominio o la mera tenencia del terreno o construcción anexa, según corresponda, en que se pretende realizar la inversión asociada al proyecto presentado, según formulario adjunto.
e. Carta compromiso de responsabilidad, por los gastos de operación y mantenimiento del proyecto una vez realizado, según corresponda, de acuerdo a formulario adjunto.
f. Declaración Jurada Simple, de acuerdo a formato entregado por la Municipalidad, acreditando que la Junta de Vecinos no tiene rendición pendiente con la Municipalidad y/u otros Organismos Públicos.
g. Carta compromiso de aporte, sea en dinero, mano de obra o materiales. Si el aporte es en dinero, deberá adjuntarse además, fotocopia de la libreta de ahorro en que conste el monto comprometido en la ejecución del Proyecto. La comisión FONDEVE podrá solicitar otros antecedentes adicionales para acreditar la veracidad de los aportes, cuando corresponda. Así mismo, la comisión FONDEVE, podrá solicitar a la Unidad Municipal que corresponda la revisión del presupuesto del proyecto de que se trate, a fin de evitar sobre valorización de los mismos y, en consecuencia, aplicar las correcciones del caso. Informe que tendrá el carácter de inapelable.
h. Fotocopia del Registro de Socios de la Junta de Vecinos actualizada al 31 de Julio de 2011.
i. Una cotización o presupuesto de los bienes o servicios que se adquirirán en el evento de ser aprobado el proyecto. Estas podrán ser de diversos proveedores o prestadores de servicios.
j. Certificado de Inscripción en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos (Ley Nº 19.862), en el que conste además, si al mes de Agosto de 2011, es o no beneficiaria de aportes de fondos públicos.
k. Convenio privado de “cierre de negocio” (sujeto a la aprobación del proyecto postulado), firmado por las partes ante el Secretario Municipal, como Ministro de Fe, Certificado de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces del predio o retazo de terreno que se pretende adquirir y croquis del mismo con sus respectivos deslindes.
V.- ACTO DE APERTURA ADMISIBILIDAD DEL PROYECTO Y EVALUACIÓN
Para la admisión de los proyectos la Comisión FONDEVE efectuará evaluación y quedarán preseleccionados todos aquellos proyectos que cumplan con las exigencias formales establecidas en el Reglamento Municipal Sobre Fondo de Desarrollo Vecinal y en las presentes Bases. Los proyectos que no cumplan con los requisitos formales serán rechazados sin más trámite. Se entiende para estos efectos como exigencias formales el cumplimiento y entrega de la documentación requerida.
Para la evaluación la comisión FONDEVE aplicará una escala de 100 puntos en total y seleccionará los proyectos con mayor puntaje obtenido de acuerdo a la siguiente ponderación:
1.- Cumplimiento documentación requerida: 5 %
Que las postulaciones se realicen con toda la documentación requerida en las presentes bases.
2.- Aportes en dinero propio de la organización: 10 %
Los aportes serán evaluados en función del costo total del proyecto, según los siguientes tramos y escala de puntajes asignados a cada uno de ellos, el cual será ponderado por el porcentaje máximo del factor:
Menor o igual 10% del costo total del proyecto : 5 puntos
Mayor al 10% y menor o igual al 20% del costo total del proyecto : 25 puntos
Mayor al 20% y menor o igual al 30% del costo total del proyecto : 50 puntos
Mayor al 30% y menor o igual al 40% del costo total del proyecto : 75 puntos
Mayor al 40% y menor o igual al 50% del costo total del proyecto : 95 puntos
Mayor al 50%del costo total del proyecto : 100 puntos
3.- Aportes en dinero de terceros:15 %
Los aportes serán evaluados en función del costo total del proyecto, según los siguientes tramos y escala de puntajes asignados a cada uno de ellos, el cual será ponderado por el porcentaje máximo del factor. Respecto de estos aportes se tendrá especial consideración de las gestiones realizadas para la obtención de los mismos:
Menor o igual 10% del costo total del proyecto : 5 puntos
Mayor al 10% y menor o igual al 20% del costo total del proyecto : 25 puntos
Mayor al 20% y menor o igual al 30% del costo total del proyecto : 50 puntos
Mayor al 30% y menor o igual al 40% del costo total del proyecto : 75 puntos
Mayor al 40% y menor o igual al 50% del costo total del proyecto : 95 puntos
Mayor al 50% del costo total del proyecto : 100 puntos
4.- Factibilidad Técnica:20 %
Se refiere al hecho que la problemática a resolver debe estar incluida en las áreas que el Concurso FONDEVE financiará y a su vez que la magnitud del problema a resolver sea abordable y tenga coherencia o relación entre la solución elegida y el financiamiento requerido.
5.- Cobertura: 20%
Se evaluará el proyecto en función y directa relación con el número de beneficiarios directos e indirectos.
6.- Actividades e impacto en la Población Objetivo: 20%
Se evaluará el proyecto en función con la pertinencia, integración social, fomento de valores y estilo de vida saludable.
7.- Costo total del proyecto versus el monto requerido:10%
Se evaluará el proyecto considerando el menor aporte solicitado versus el costo total del proyecto. Para lo cual se aplicará la siguiente formula, con la que se determinará el correspondiente puntaje para cada proyecto y se ordenarán de mayor a menor, obteniendo el 10% asignado a este factor el proyecto que se ubique en el primer lugar:
(Aporte solicitado/Costo total del proyecto) x 100 = puntaje
VI.- FORMALIZACIÓN DE RESULTADOS, FIRMA DE CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ORDEN DE INGRESO DE APORTES
1.- FORMALIZACIÓN DE RESULTADOS:
La Ilustre Municipalidad de Villarrica, hará público los resultados del Concurso de Proyectos FONDEVE Villarrica 2011. Mediante la promulgación del correspondiente Decreto Alcaldicio, informando a las Organizaciones Comunitarias favorecidas, las fechas y lugares que deberán dirigirse para la entrega de los fondos obtenidos, conforme a lo establecido en el artículo 25º del Reglamento Municipal Sobre Fondo de Desarrollo Vecinal.
2.- CONVENIO DE COLABORACIÓN:
La Ilustre Municipalidad de Villarrica formalizará la entrega de los fondos mediante la suscripción de un Convenio de Colaboración, en el cual la organización ejecutora se compromete a invertir adecuadamente los recursos totales del proyecto seleccionado, en que se dejarán establecidos los plazos de ejecución y las rendiciones de cuenta correspondientes, para lo cual deberá proceder a firmar por parte de la organización ejecutora, el Presidente y Tesorero respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 26º y siguiente del Reglamento Municipal Sobre Fondo de Desarrollo Vecinal.
Con este Convenio de Colaboración la Dirección de Desarrollo Comunitario a través de la Oficina de Organizaciones Comunitarias, en conjunto con la Dirección de Administración y Finanzas, supervisarán y abrirán un expediente de Proyecto FONDEVE, en donde se registrarán las observaciones relevantes en la ejecución de cada proyecto, como así mismo formularios de rendición, certificado de recepción de fondos, facturas, boletas, certificados de traspaso de fondos, etc. Todo ello, sin perjuicio de las facultades que sobre la materia, tiene la Unidad de Control de la Ilustre Municipalidad de Villarrica.
El Convenio de Colaboración, una vez suscrito por el Sr. Alcalde de la Comuna y por el Representante Legal y el Tesorero de la Organización Ejecutora del Proyecto seleccionado, en al menos dos ejemplares, será incorporado al expediente del proyecto y se entregará a los ejecutores.
3.- MODIFICACIONES DE PROYECTOS:
Las organizaciones ejecutoras no podrán modificar los ítems definidos en los proyectos aprobados sin previa consulta y recomendación por parte de la Comisión FONDEVE, lo que deberá ser formalmente aprobado por el Alcalde.
Toda modificación, acuerdos o consultas realizadas por las Organizaciones favorecidas, deberán quedar documentalmente respaldadas en su respectivo expediente de proyecto.
Será causal de reintegro de los fondos asignados, el adquirir bienes y servicios no estipulados en el proyecto o sin autorización expresa de la Comisión FONDEVE y previo informe favorable de esta.
Los mayores costos que se originen durante la ejecución del proyecto, producto de variaciones de los precios de materiales y/o servicios, o de errores en los costos cotizados, serán de exclusiva responsabilidad y cargo de la organización ejecutora.
VII.- RENDICIÓN DE CUENTAS
La Dirección de Administración y Finanzas, entregará a los Ejecutores un Formulario de Rendición de Cuentas FONDEVE, con el objeto de uniformar este proceso para todos los ejecutores y su uso será obligatorio, según las siguientes instrucciones, acorde a lo previsto en el artículo 36º y siguiente del Reglamento:
1.- ANTECEDENTES Y PLAZOS DE LAS RENDICIONES:
a) Las Organizaciones beneficiadas deberán hacer llegar su respectiva rendición de Cuenta a la Dirección de Administración y Finanzas, hasta el 10 de Diciembre de 2011 en formularios que se adjuntan para tal efecto.
b) La documentación de respaldo de la inversión o gasto, según corresponda, debe ser con copia de escritura Notarial del terreno adquirido y original de Certificado de Inscripción en el conservador de Bienes Raíces, de facturas o boletas que contengan detalle de los bienes y/o servicios adquiridos, debidamente firmadas y timbradas por el representante legal y Tesorero de la Institución. Documentos, en los que de ser necesario, se debe indicar el detalle de lo adquirido en hoja aparte, firmada y timbrada por el establecimiento donde se adquirieron los bienes y además de la firma y timbre del Representante Legal y Tesorero de la organización.
c) Las facturas deberán estar timbradas por el Servicio de Impuestos Internos, ser extendidas a nombre de la Institución respectiva y no a nombre de la Ilustre Municipalidad de Villarrica. Además, deberá consignarse en la factura, al momento de la rendición, la acreditación del pago total e individual por cada servicio o artículo adquirido y con el timbre “pagado” o “cancelado”.
d) Se aceptarán boletas para montos inferiores a $10.000 (diez mil pesos), las que deberán estar timbradas por el Servicio de Impuestos Internos, indicando el detalle de la compra en documento adjunto, con firma y timbre del proveedor, tal como se indicó en la letra A.- anterior, y deberán estar pegadas en hojas anexas a los formularios de rendición. No se aceptarán boletas sin este requisito, tampoco ilegibles, enmendadas y/o destruidas.
e) Cada Hoja de Rendición deberá contener el Timbre de la institución y firma del Representante Legal.
f) Los Gastos contenidos en la Rendición de Cuenta deben ser exclusivamente referidos a lo señalados en el Proyecto y de acuerdo a los Items asignados (Flujo de Caja del Proyecto).
g) Por motivo de Cierre de Año Presupuestario, los fondos asignados por este concepto deben quedar obligatoriamente rendidos documental y financieramente o reintegrados, en el evento de existir remanentes, en la Tesorería Municipal, antes del 10 de Diciembre del año 2011.
Transcurrido este plazo la Ilustre Municipalidad de Villarrica se reserva el derecho de iniciar acciones civiles y penales en contra de personas e instituciones que no hayan realizado sus procesos de rendición de cuentas en los plazos que se estipulan en las presentes Bases.
Las Organizaciones Ejecutoras deberán dar cuenta por escrito a la Oficina de Organizaciones Comunitarias de la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Villarrica, ubicada en General Urrutia 579, de cualquier acontecimiento que entorpezca la normal ejecución del proyecto, situaciones que deberán quedar registradas en el expediente respectivo.
Todas las organizaciones favorecidas con aportes FONDEVE 2011 deberán entregar las facilidades de supervisión en terreno y verificación de documentación a la Dirección de Control de la Ilustre Municipalidad de Villarrica.
2.- CURSOS DE ACCIÓN ANTE EL NO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN:
Frente al no cumplimiento del Convenio de Colaboración, por parte de los ejecutores, la Comisión FONDEVE, podrá seguir entre otros, los siguientes cursos de acción, según sea el inconveniente o dificultad presentada en la ejecución del proyecto, el cual, una vez acordado, se fundamentará y comunicará para resolución fundada del Alcalde:
a) Proponer a la organización ejecutora alternativas de ejecución para el proyecto.
b) Cambiar de común acuerdo con la organización, a las personas identificadas como responsables del proyecto.
c) Suspender el financiamiento.
d) Reintegrar los Fondos asignados.
Con todo, si las irregularidades detectadas involucran responsabilidades civiles y/ o penales, la Comisión FONDEVE informará al alcalde y a la Dirección de Asesoría Jurídica de la Ilustre Municipalidad de Villarrica, con el objeto que se desarrollen las acciones legales que correspondan frente a los tribunales competentes.
VIII.- CONCLUSIONES DE LOS PROYECTOS
1.- Las Organizaciones que resulten beneficiadas del FONDEVE, deberán adjuntar a la última rendición una copia del Acta en que se establezca que los encargados de los proyectos procedieron a rendir los fondos ante su Asamblea Extraordinaria, salvo situaciones debidamente justificadas ante la Oficina de Organizaciones Comunitarias.
2.- Los proyectos serán declarados concluidos, una vez que la Dirección de Desarrollo Comunitario en conjunto con la Dirección de Administración y Finanzas, envíe a la Dirección de Control Interno del Municipio, un informe documentado con la evaluación final de cada proyecto, a objeto de visar y oficiar el cierre formal del proyecto por parte de la Dirección de Control.
IX.- INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS AL FONDEVE 2010.
1.- Deberán retirar los formularios de postulación para su correspondiente llenado en la Oficina de Organizaciones Comunitarias (General Urrutia 579). También este formulario podrá ser descargado desde la página Web del Municipio.
2.- El llenado del Proyecto deberá hacerse a máquina, a computador o con letra de imprenta legible.
3.- El certificado de vigencia de la Junta de Vecinos y del Directorio que se pide, deberá solicitarse en la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de Villarrica (Pedro de Valdivia 810, 1º piso), contra presentación de la fotocopia del último proceso electoral.
4.- El Certificado de Dominio Vigente, Comodato, contrato de arriendo u otra convención, que se solicita sólo deberá ser presentado en aquellos proyectos que correspondan al mejoramiento o construcción de infraestructuras comunitarias.
PLAZOS ESTABLECIDOS CONCURSO DE PROYECTOS
FONDO DE DESARROLLO VECINAL (FONDEVE)
VILLARRICA 2011
• Difusión y Capacitación del Fondo 01 al 31 de Agosto de 2011.-
• Entrega de Formularios 01 al 31 de Agosto de 2011.-
• Recepción Proyectos 08 al 31 de Agosto de 2011.-
• Apertura, admisibilidad y evaluación de Proyectos 01 al 05 de Septiembre 2011.-
• Publicación Concurso 28 de Septiembre 2011.-
• Firma Convenio de Colaboración y Entrega de Fondos 30 de Septiembre 2011.-
• Ejecución de Proyecto 3 meses contados desde que se firma el Convenio de Colaboración.-
• Rendición Fondos Hasta el 10 de Diciembre de 2011.-
martes, 19 de julio de 2011
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