NESTOR BURGOS RIQUELME, SECRETARIO MUNICIPAL Y DE CONCEJO, saluda con especial atención a los Srs. Concejales, y de acuerdo con la Ley Nº 18.695, Art. 84, Inciso 3º; por expresa disposición del Alcalde hago llegar la convocatoria, para una Reunión Ordinaria el día Miércoles 01 de Febrero de 2012 a las 08:30 hrs. en dependencias de la Sala de Reuniones del Municipio.
TABLA SESION ORDINARIA Nº 115 CONCEJO MUNICIPAL
MIERCOLES 01 DE FEBRERO DE 2012.-
MATERIAS
1. Aprueba Acta Anterior
2. Varios
3. Acuerdo para reembolso gastos reuniones directorio AMRA a Sra. Leticia Gallardo.
4. Aprueba subvención Club Deportivo Ferrovilla, traslado viaje campeonato nacional Machali sub 13 por un monto de $500.000.-
5. Aprueba Comodato Profesores Jubilados de Villarrica.
6. Acuerdo para adquisición terreno (servidumbre de paso) en Huincacara.
7. Ratificar acuerdo Comodato Club de Rayuela estrella Roja.
8. Aprobar Funciones Médico Psicotécnico.
9. Aprueba Subvención a Club de Tenis Villarrica, por $1.000.000.-
10. Correspondencia:
• Entrega de Informe Investigación Especial Nº4/2012 CRA (anexa Dictamen Nº 373/2012)
lunes, 30 de enero de 2012
viernes, 27 de enero de 2012
BREVE HISTORIA NAUTICA LAGO VILLARRICA
El transporte náutico: Los vapores y lanchones
Los vapores y lanchones constituían el principal medio de transporte para la población local de Pucón, Villarrica y de los alrededores del lago. Los vapores arrastraban a los lanchones que transportaban madera, materiales de construcción, trigo, animales y otros elementos vitales para la naciente población.
Los vapores funcionaban a caldera y medían alrededor de 20 metros de largo y cinco de ancho. Estos cruzaban el lago entre las ciudades de Villarrica y Pucón y algunos pasaban a recoger gente atracando en varias partes, como en el fundo Buenos Aires.
Los vapores se construían con trozos de madera que se volteaban:
“se ponían arriba de un hoyo con dos, tres palos atravesados. Un hoyo rectangular de 2 metros 20 de profundidad y ahí se ponía un hombre arriba y otro abajo con una corvina cortando las tablas al hilo. Se necesitaba una corvina bien afilada y el buen estado físico del hombre.
Los hombres se iban tabla por tabla y después se usaban muchos cepillos monduleros. En un árbol de raulí se hacia la mitad del barco a lo largo con la escofina y con el pauser, que es un cepillo chiquitito de mano, esto le daba la forma de la mitad del casco. Si esto se invertía daba el otro lado. Entonces se hacía un sólo lado que era el modelo del barco de la proa a la popa, pero a la mitad entonces eso después que se hacía en la forma del casco, porque el casco puede ser en doble, con un poquito de esquilla abajo o de otra forma, entonces después cuando se rebana el barco cada tanto centímetros le da la medida exacta del otro lado y en base a eso él tenía las dimensiones y después solamente traspasaba las medidas a tamaño y hacia las cuadernas y así se armaba el barco”. (Eduardo Gudenschwager, 2006)
Principales Vapores y Lanchones
• Lancha Aldonsa Lozano. Comunica a la nueva población entre Villarrica y el Fuerte Pucón. En mayo de 1883 arribó al pueblo el Capitán Giñi del N°9, a cargo de 60 hombres con destino Pucón.
• Barcaza a Vapor del Ejército de Chile. En 1886 el Ejército de Chile pone esta embarcación al servicio para transportar personal militar entre las fortificaciones de Villarrica y Pucón. Esto también benefició a los pobladores civiles del área lacustre precordillerana.
• Lanchones de remolque y carga de madera conocidos como “El Santa María” y el “Santa Magdalena” construidos en 1904 gracias a la iniciativa de los vecinos Pantaleón Sáez y Diego Navarrete, lo cual facilitó, agilizó y acrecentó el lento traslado de madera por el lago. Los restos de estos vapores o motonaves aún se pueden observar sumergidos al costado izquierdo del Muelle Viejo, frente al nacimiento del rió Toltén.
• Vapor Emma, primer vapor a vela construido en madera a mano por don Otto Gudenschwager en 1904, tenía 18 metros de largo. Era un barco con una proa larga como un carral adelante, fue hecho de lingue y estuvo a flote 4 años. Construido en la playa frente a la actual Capitanía de Puerto.
• Vapor “Doña Rosa” de trasporte de pasajeros construido por Otto Gudenschwager en el año 1908 que también ocasionalmente hacía de remolque. Pesaba 60 toneladas, 22 metros de eslora y capacidad para 150 pasajeros.
• Lancha Alessandri (1924-1936), construido por Otto Gudenschwager.
• Lancha La Trucha (1920-1935), construido por Otto Gudenschwager.
• Lancha Quelhue (1935-1955), construido por Otto Gudenschwager.
• Vapor Cóndor, construido por Otto Gudenschwager
• Remolcador Puelche (1950-1958), construido por Otto Gudenschwager y Helmut Kock. Fue un prototipo diseñado especialmente para navegar con temporal de pueblo y viento note, con quilla pegada y popa en punta con excelentes resultados. Se construyó en 1950 y navegó hasta 1985.
• Vapor Amelei pertenecía a Wagner.
• Lancha Cisne, construida Enrique Felis y comprada por el premio Nacional de Literatura Fernando Santivan.
• Lancha Picaflor construida por Enrique Felis y comprada por el premio Nacional de Literatura Fernando Santivan.
• Vapor El Marichen (diminutivo de María en Alemán), tiempo después fue trasladado al Calafquén con el nombre de Buby.
• Existieron otras embarcaciones como: El Mallolafquén, El Atún que perteneció al Obispado, el Chucao construido por Philippe Mérien. Un productivo constructor de embarcaciones fue Enrique Felis, entre las cuales se cuenta: El Elisa (1936 aprox.-1951), Patria, Luz, Rápida que descendió por el rió Toltén hasta Pitrufquén, Huitra (ex Clemente) que después perteneció a Teodoro Kunze y, finalmente, a Ferrocarriles del Estado.
La extracción maderera y el Ferrocarril
El movimiento náutico del lago se intensificó con la llegada del ferrocarril a Villarrica en 1933 y con la construcción de caminos alrededor del lago la madera se comenzó a sacar por medio de camiones.
Hoy en día, a pesar de la deforestación provocada por la tala indiscriminada de bosques e incendios forestales, aún es posible encontrar extensos vestigios de la flora nativa característica del bosque templado lluvioso, entre los cuales se encuentra el roble, la luma, el arrayán, el lingue, ulmo, olivillo, raulí, el coigüe y el mañío.
La extracción de madera se hacía en forma artesanal, labrados con hachazuela, transformándolos en durmientes. Eran transportados por medio del río Toltén hasta Pitrufquén donde se desembarcaban para llevarlos al norte. En 1912, se draga y ensancha el nacimiento del río Toltén, parte de su lecho y orillas, en beneficio del transporte maderero fluvial.
“Antes que llegara el ferrocarril, la madera se mandaba por balsas por el río Toltén para abajo. Mi papá (Otto Gudenschwager) la llevaba en barcos hasta ahí y ahí la acanchaban y hacían las balsas. Se iban dos o tres hombres para abajo del río en balsa y en Pitrufquén tenían una cancha donde sacaban la madera. Las balsas llegaban a la orilla, los hombres iban con palos grandes con micheros y la madera en esos años no tenía mucho valor, la gente vivía para subsistir solamente” (Eduardo Gudenschwager, 2006).
Los durmientes se utilizaban para la construcción de las líneas férreas y madera dimensionada. Algunas maderas como el lingue eran muy apreciadas para la construcción de muebles y embarcaciones.
Paulatinamente, fue aumentando la extracción de madera a medida que se fueron sofisticando los medios de extracción como la utilización de los aserraderos a vapor. Pero un elemento fundamental fue la llegada del ferrocarril con el ramal Loncoche-Villarrica.
El ferrocarril tenía un muelle a la orillas del lago, en el sector de la playa Pucara, conocido como el “Muelle Negro” donde había una línea que venía de la estación de ferrocarriles de Villarrica hacia el muelle. La madera, principalmente los durmientes llegaban de los lanchones directamente al tren. De ahí partían con el convoy hacia Loncoche, para después tomar rumbo hacia el norte o el sur, a ciudades como Temuco, Concepción, Santiago y otros puntos.
“También descargaban la madera donde Vallé conocido como “el gringo” en el muelle Negro donde llegaba el tren. En el muelle el Lanchón llegaban los que traían la madera de Flor del Lago, descargaban ahí la madera, la enganchaban y cargaban una carreta de bueyes, llevándosela para arriba”. (Gonzalo Saldaña, botero, 2006).
La integración del territorio al resto del país prosiguió con la ampliación de las vías carreteras, la construcción de puentes, como el Rodrigo de Bastidas en 1924, y del ferrocarril. La ampliación de las vías camineras y la mayor intensidad de las actividades forestales, como las plantaciones de pino radiata, oregón y eucalipto, permitieron la ampliación de la frontera agrícola y ganadera. Para esta fecha en la zona ya existe un turismo organizado que ofrecía servicios hoteleros que eran nutridos, permanentemente, por visitantes nacionales y extranjeros que arribaban al área de Pucón. Se ofrecían excursiones al volcán, ascensos al cráter y visitas a las termas de Palguín y volcán Lanín.
Fuente: PUC Villarrica
Los vapores y lanchones constituían el principal medio de transporte para la población local de Pucón, Villarrica y de los alrededores del lago. Los vapores arrastraban a los lanchones que transportaban madera, materiales de construcción, trigo, animales y otros elementos vitales para la naciente población.
Los vapores funcionaban a caldera y medían alrededor de 20 metros de largo y cinco de ancho. Estos cruzaban el lago entre las ciudades de Villarrica y Pucón y algunos pasaban a recoger gente atracando en varias partes, como en el fundo Buenos Aires.
Los vapores se construían con trozos de madera que se volteaban:
“se ponían arriba de un hoyo con dos, tres palos atravesados. Un hoyo rectangular de 2 metros 20 de profundidad y ahí se ponía un hombre arriba y otro abajo con una corvina cortando las tablas al hilo. Se necesitaba una corvina bien afilada y el buen estado físico del hombre.
Los hombres se iban tabla por tabla y después se usaban muchos cepillos monduleros. En un árbol de raulí se hacia la mitad del barco a lo largo con la escofina y con el pauser, que es un cepillo chiquitito de mano, esto le daba la forma de la mitad del casco. Si esto se invertía daba el otro lado. Entonces se hacía un sólo lado que era el modelo del barco de la proa a la popa, pero a la mitad entonces eso después que se hacía en la forma del casco, porque el casco puede ser en doble, con un poquito de esquilla abajo o de otra forma, entonces después cuando se rebana el barco cada tanto centímetros le da la medida exacta del otro lado y en base a eso él tenía las dimensiones y después solamente traspasaba las medidas a tamaño y hacia las cuadernas y así se armaba el barco”. (Eduardo Gudenschwager, 2006)
Principales Vapores y Lanchones
• Lancha Aldonsa Lozano. Comunica a la nueva población entre Villarrica y el Fuerte Pucón. En mayo de 1883 arribó al pueblo el Capitán Giñi del N°9, a cargo de 60 hombres con destino Pucón.
• Barcaza a Vapor del Ejército de Chile. En 1886 el Ejército de Chile pone esta embarcación al servicio para transportar personal militar entre las fortificaciones de Villarrica y Pucón. Esto también benefició a los pobladores civiles del área lacustre precordillerana.
• Lanchones de remolque y carga de madera conocidos como “El Santa María” y el “Santa Magdalena” construidos en 1904 gracias a la iniciativa de los vecinos Pantaleón Sáez y Diego Navarrete, lo cual facilitó, agilizó y acrecentó el lento traslado de madera por el lago. Los restos de estos vapores o motonaves aún se pueden observar sumergidos al costado izquierdo del Muelle Viejo, frente al nacimiento del rió Toltén.
• Vapor Emma, primer vapor a vela construido en madera a mano por don Otto Gudenschwager en 1904, tenía 18 metros de largo. Era un barco con una proa larga como un carral adelante, fue hecho de lingue y estuvo a flote 4 años. Construido en la playa frente a la actual Capitanía de Puerto.
• Vapor “Doña Rosa” de trasporte de pasajeros construido por Otto Gudenschwager en el año 1908 que también ocasionalmente hacía de remolque. Pesaba 60 toneladas, 22 metros de eslora y capacidad para 150 pasajeros.
• Lancha Alessandri (1924-1936), construido por Otto Gudenschwager.
• Lancha La Trucha (1920-1935), construido por Otto Gudenschwager.
• Lancha Quelhue (1935-1955), construido por Otto Gudenschwager.
• Vapor Cóndor, construido por Otto Gudenschwager
• Remolcador Puelche (1950-1958), construido por Otto Gudenschwager y Helmut Kock. Fue un prototipo diseñado especialmente para navegar con temporal de pueblo y viento note, con quilla pegada y popa en punta con excelentes resultados. Se construyó en 1950 y navegó hasta 1985.
• Vapor Amelei pertenecía a Wagner.
• Lancha Cisne, construida Enrique Felis y comprada por el premio Nacional de Literatura Fernando Santivan.
• Lancha Picaflor construida por Enrique Felis y comprada por el premio Nacional de Literatura Fernando Santivan.
• Vapor El Marichen (diminutivo de María en Alemán), tiempo después fue trasladado al Calafquén con el nombre de Buby.
• Existieron otras embarcaciones como: El Mallolafquén, El Atún que perteneció al Obispado, el Chucao construido por Philippe Mérien. Un productivo constructor de embarcaciones fue Enrique Felis, entre las cuales se cuenta: El Elisa (1936 aprox.-1951), Patria, Luz, Rápida que descendió por el rió Toltén hasta Pitrufquén, Huitra (ex Clemente) que después perteneció a Teodoro Kunze y, finalmente, a Ferrocarriles del Estado.
La extracción maderera y el Ferrocarril
El movimiento náutico del lago se intensificó con la llegada del ferrocarril a Villarrica en 1933 y con la construcción de caminos alrededor del lago la madera se comenzó a sacar por medio de camiones.
Hoy en día, a pesar de la deforestación provocada por la tala indiscriminada de bosques e incendios forestales, aún es posible encontrar extensos vestigios de la flora nativa característica del bosque templado lluvioso, entre los cuales se encuentra el roble, la luma, el arrayán, el lingue, ulmo, olivillo, raulí, el coigüe y el mañío.
La extracción de madera se hacía en forma artesanal, labrados con hachazuela, transformándolos en durmientes. Eran transportados por medio del río Toltén hasta Pitrufquén donde se desembarcaban para llevarlos al norte. En 1912, se draga y ensancha el nacimiento del río Toltén, parte de su lecho y orillas, en beneficio del transporte maderero fluvial.
“Antes que llegara el ferrocarril, la madera se mandaba por balsas por el río Toltén para abajo. Mi papá (Otto Gudenschwager) la llevaba en barcos hasta ahí y ahí la acanchaban y hacían las balsas. Se iban dos o tres hombres para abajo del río en balsa y en Pitrufquén tenían una cancha donde sacaban la madera. Las balsas llegaban a la orilla, los hombres iban con palos grandes con micheros y la madera en esos años no tenía mucho valor, la gente vivía para subsistir solamente” (Eduardo Gudenschwager, 2006).
Los durmientes se utilizaban para la construcción de las líneas férreas y madera dimensionada. Algunas maderas como el lingue eran muy apreciadas para la construcción de muebles y embarcaciones.
Paulatinamente, fue aumentando la extracción de madera a medida que se fueron sofisticando los medios de extracción como la utilización de los aserraderos a vapor. Pero un elemento fundamental fue la llegada del ferrocarril con el ramal Loncoche-Villarrica.
El ferrocarril tenía un muelle a la orillas del lago, en el sector de la playa Pucara, conocido como el “Muelle Negro” donde había una línea que venía de la estación de ferrocarriles de Villarrica hacia el muelle. La madera, principalmente los durmientes llegaban de los lanchones directamente al tren. De ahí partían con el convoy hacia Loncoche, para después tomar rumbo hacia el norte o el sur, a ciudades como Temuco, Concepción, Santiago y otros puntos.
“También descargaban la madera donde Vallé conocido como “el gringo” en el muelle Negro donde llegaba el tren. En el muelle el Lanchón llegaban los que traían la madera de Flor del Lago, descargaban ahí la madera, la enganchaban y cargaban una carreta de bueyes, llevándosela para arriba”. (Gonzalo Saldaña, botero, 2006).
La integración del territorio al resto del país prosiguió con la ampliación de las vías carreteras, la construcción de puentes, como el Rodrigo de Bastidas en 1924, y del ferrocarril. La ampliación de las vías camineras y la mayor intensidad de las actividades forestales, como las plantaciones de pino radiata, oregón y eucalipto, permitieron la ampliación de la frontera agrícola y ganadera. Para esta fecha en la zona ya existe un turismo organizado que ofrecía servicios hoteleros que eran nutridos, permanentemente, por visitantes nacionales y extranjeros que arribaban al área de Pucón. Se ofrecían excursiones al volcán, ascensos al cráter y visitas a las termas de Palguín y volcán Lanín.
Fuente: PUC Villarrica
RESPUESTA MINISTERIO MEDIO AMBIENTE AVANCES NORMA LAGO VILLARRICA
Estimado señor Duran, tengo el agrado de saludar a Ud. Con relación a su requerimiento podemos indicar que:
El avance a la fecha es que el día jueves 3 de noviembre de 2011 se sometió la norma a la opinión del Consejo Consultivo del Ministerio del Medio Ambiente, se presentó contenido, fundamentos técnicos y el análisis económico del impacto social de la misma. El consejo se pronunció favorablemente para la dictación de esta normativa en los términos que propone el Ministerio del Medio Ambiente. Los documentos está disponibles en http://www.sinia.cl/1292/w3-article-51209.html. Asimismo, se adjunta el acta que da cuenta de dicha sesión.
Por tanto los pasos siguientes son:
1.- Presentación a Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, y en caso favorable se enviara el Decreto a la Contraloría General de la República Para su promulgación, continuando con la Publicación en el Diario Oficial y vigencia, en el primer semestre del año 2012.
2.- En paralelo a este proceso se ha estado trabajando en el documento que detalla los contenidos del Programa de Vigilancia de la norma, documento que se oficializará con resolución de la Dirección General de Aguas toda vez que la norma esté vigente.
Atte.,
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
El avance a la fecha es que el día jueves 3 de noviembre de 2011 se sometió la norma a la opinión del Consejo Consultivo del Ministerio del Medio Ambiente, se presentó contenido, fundamentos técnicos y el análisis económico del impacto social de la misma. El consejo se pronunció favorablemente para la dictación de esta normativa en los términos que propone el Ministerio del Medio Ambiente. Los documentos está disponibles en http://www.sinia.cl/1292/w3-article-51209.html. Asimismo, se adjunta el acta que da cuenta de dicha sesión.
Por tanto los pasos siguientes son:
1.- Presentación a Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, y en caso favorable se enviara el Decreto a la Contraloría General de la República Para su promulgación, continuando con la Publicación en el Diario Oficial y vigencia, en el primer semestre del año 2012.
2.- En paralelo a este proceso se ha estado trabajando en el documento que detalla los contenidos del Programa de Vigilancia de la norma, documento que se oficializará con resolución de la Dirección General de Aguas toda vez que la norma esté vigente.
Atte.,
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
lunes, 23 de enero de 2012
RESPUESTA MOP DOBLE VIA SALIDA LICAN RAY
Sr. Víctor Durán
Concejal de Villarrica
En atención a su correo mediante el cual solicita al Sr. SEREMI de Obras Públicas y al Sr. Director Regional de Vialidad la posibilidad de construir una doble vía entre Supermercado a Cuenta y Aeródromo de Villarrica, informo a Usted que técnicamente esta ruta está definida como un camino básico que no cumple con la rentabilidad necesaria para construir una doble vía, ante lo cual las alternativas de mejorar esta vía son a través de la misma Empresa urbanizadora y/o el Gobierno Regional.
Atentamente,
MOP
Concejal de Villarrica
En atención a su correo mediante el cual solicita al Sr. SEREMI de Obras Públicas y al Sr. Director Regional de Vialidad la posibilidad de construir una doble vía entre Supermercado a Cuenta y Aeródromo de Villarrica, informo a Usted que técnicamente esta ruta está definida como un camino básico que no cumple con la rentabilidad necesaria para construir una doble vía, ante lo cual las alternativas de mejorar esta vía son a través de la misma Empresa urbanizadora y/o el Gobierno Regional.
Atentamente,
MOP
viernes, 20 de enero de 2012
PROPUESTA A SEREMI MOP DOBLE VIA SALIDA LICAN RAY
Sr. Sergio Nuñez
Seremi MOP
Presente
Deseo solicitar a Ud., por petición de muchos vecinos, que se estudie la posibilidad de construir doble vía entre Supermercado a Cuenta y Aeródromo de Villarrica, para de esta manera dar una solución definitiva a los tacos que se producen sobre todo en verano en las intersecciones de Villa Todos Los Santos y Segunda Faja al Volcán con ruta a Licán Ray. Los tacos cada año van acrecentándose y de seguro aumentarán con la próxima construcción del nuevo Hospital de Villarrica ya que se plantea unir el camino a Pucón con la Segunda Faja, de manera que el tráfico aumentará por la segunda faja. Asimismo, se aprobó Declaración de Impacto Ambiental del proyectos inmobiliario Los Dominicos que pretende construir 1.600 viviendas en la segunda faja al Volcán.
Atte
Victor Durán Rivera
Concejal
Seremi MOP
Presente
Deseo solicitar a Ud., por petición de muchos vecinos, que se estudie la posibilidad de construir doble vía entre Supermercado a Cuenta y Aeródromo de Villarrica, para de esta manera dar una solución definitiva a los tacos que se producen sobre todo en verano en las intersecciones de Villa Todos Los Santos y Segunda Faja al Volcán con ruta a Licán Ray. Los tacos cada año van acrecentándose y de seguro aumentarán con la próxima construcción del nuevo Hospital de Villarrica ya que se plantea unir el camino a Pucón con la Segunda Faja, de manera que el tráfico aumentará por la segunda faja. Asimismo, se aprobó Declaración de Impacto Ambiental del proyectos inmobiliario Los Dominicos que pretende construir 1.600 viviendas en la segunda faja al Volcán.
Atte
Victor Durán Rivera
Concejal
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES CONCEJALES
Artículo 79.- Al concejo le
corresponderá:
a) Elegir al alcalde, en caso de
vacancia, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 62,
para este efecto el concejal
deberá acreditar cumplir con
los requisitos especificados
en el inciso segundo del
artículo 57;
b) Pronunciarse sobre las materias
que enumera el artículo 65 de
esta ley;
c) Fiscalizar el cumplimiento de
los planes y programas de
inversión municipales y la
ejecución del presupuesto
municipal, analizar el registro
público mensual de gastos
detallados que lleva la
Dirección de Administración y
Finanzas, como asimismo, la
información, y la entrega de
la misma, establecida en las
letras c) y d) del artículo 27;
d) Fiscalizar las actuaciones del
alcalde y formularle las
observaciones que le merezcan,
las que deberán ser respondidas
por escrito dentro del plazo
máximo de quince días;
e) Pronunciarse respecto de los
motivos de renuncia a los
cargos de alcalde y de
concejal;
f) Aprobar la participación
municipal en asociaciones,
corporaciones o fundaciones;
g) Recomendar al alcalde
prioridades en la formulación
y ejecución de proyectos
específicos y medidas
concretas de desarrollo
comunal;
h) Citar o pedir información, a
través del alcalde, a los
organismos o funcionarios
municipales cuando lo estime
necesario para pronunciarse
sobre las materias de su
competencia.
La facultad de solicitar
información la tendrá también
cualquier concejal, la que
deberá formalizarse por escrito
al concejo.
El alcalde estará obligado a
responder el informe en un
plazo no mayor de quince días;
i) Elegir, en un solo acto, a los
integrantes del directorio que
le corresponda designar a la
municipalidad en cada
corporación o fundación en que
tenga participación, cualquiera
sea el carácter de ésta o
aquélla. Estos directores
informarán al concejo acerca
de su gestión, como asimismo
acerca de la marcha de la
corporación o fundación de
cuyo directorio formen parte;
j) Solicitar informe a las
empresas, corporaciones,
fundaciones o asociaciones municipales, y a
las entidades que reciban
aportes o subvenciones de la
municipalidad. En este último
caso, la materia del informe
sólo podrá consistir en el
destino dado a los aportes o
subvenciones municipales
percibidos. Los informes
requeridos deberán ser
remitidos por escrito dentro
del plazo de quince días;
k) Otorgar su acuerdo para la
asignación y cambio de
denominación de los bienes
municipales y nacionales de
uso público bajo su
administración, como asimismo,
de poblaciones, barrios y
conjuntos habitacionales del
territorio comunal previo
informe escrito del consejo
comunal de organizaciones de
la sociedad civil;
l) Fiscalizar las unidades y
servicios municipales;
ll) Autorizar los cometidos del
alcalde y de los concejales
que signifiquen ausentarse
del territorio nacional.
Requerirán también
autorización los cometidos
del alcalde y de los
concejales que se realicen
fuera del territorio de la
comuna por más de diez días.
Un informe de dichos
cometidos y su costo se
incluirán en el acta del
concejo;
m) Supervisar el cumplimiento del
plan comunal de desarrollo;
n) Pronunciarse, a más tardar el
31 de marzo de cada año, a solicitud
del consejo comunal de organizaciones
de la sociedad civil, sobre las
materias de relevancia local que deben
ser consultadas a la comunidad por
intermedio de esta instancia, como
asimismo la forma en que se efectuará
dicha consulta, informando de ello a
la ciudadanía, y
ñ) Informar a las organizaciones
comunitarias de carácter territorial
y funcional; a las asociaciones sin
fines de lucro y demás instituciones
relevantes en el desarrollo económico,
social y cultural de la comuna, cuando
éstas así lo requieran, acerca de la
marcha y funcionamiento de la municipalidad,
de conformidad con los antecedentes que
haya proporcionado el alcalde con
arreglo al artículo 87.
Lo anterior es sin perjuicio de
las demás atribuciones y funciones
que le otorga la ley.
Artículo 80.- La fiscalización
que le corresponde ejercer al
concejo comprenderá también la
facultad de evaluar la gestión
del alcalde, especialmente para
verificar que los actos municipales
se hayan ajustado a las políticas,
normas y acuerdos adoptados por el
concejo, en el ejercicio de sus
facultades propias.
Las diferentes acciones de
fiscalización deberán ser acordadas
dentro de una sesión ordinaria del
concejo y a requerimiento de
cualquier concejal.
El concejo, por la mayoría de
sus miembros, podrá disponer la
contratación de una auditoría
externa que evalúe la ejecución
presupuestaria y el estado de
situación financiera del
municipio. Esta facultad podrá
ejercerse sólo una vez al año en
los municipios cuyos ingresos
anuales superen las 6.250 unidades
tributarias anuales, y cada dos
años en los restantes municipios.
Sin perjuicio de lo anterior,
el concejo dispondrá la contratación
de una auditoría externa que evalúe
la ejecución del plan de desarrollo,
la que deberá practicarse cada tres
o cuatro años, respectivamente,
según la clasificación de los
municipios por ingresos señalada
en el inciso precedente.
En todo caso las auditorías
de que trata este artículo se
contratarán por intermedio del
alcalde y con cargo al presupuesto
municipal. Los informes finales
recaídos en ellas serán de
conocimiento público.
Artículo 81.- El concejo sólo
podrá aprobar presupuestos
debidamente financiados,
correspondiéndole especialmente al
jefe de la unidad encargada del
control, o al funcionario que
cumpla esa tarea, la obligación de
representar a aquél, mediante un
informe, los déficit que advierta
en el presupuesto municipal los
pasivos contingentes derivados,
entre otras causas, de demandas
judiciales y las deudas con
proveedores, empresas de servicio
y entidades públicas, que puedan
no ser servidas en el marco del
presupuesto anual. Para estos
efectos, el concejo deberá examinar
trimestralmente el programa de
ingresos y gastos, introduciendo
las modificaciones correctivas a
que hubiere lugar, a proposición
del alcalde.
Si el concejo desatendiere la
representación formulada según lo
previsto en el inciso anterior y no
introdujere las rectificaciones
pertinentes, el alcalde que no
propusiere las modificaciones
correspondientes o los concejales
que las rechacen, serán
solidariamente responsables de
la parte deficitaria que arroje
la ejecución presupuestaria anual
al 31 de diciembre del año
respectivo. Habrá acción pública
para reclamar el cumplimiento de
esta responsabilidad.
En todo caso, el concejo sólo
resolverá las modificaciones
presupuestarias una vez que haya
tenido a la vista todos los
antecedentes que justifican la
modificación propuesta, los cuales
deberán ser proporcionados a los
concejales con una anticipación de
a lo menos 5 días hábiles a la
sesión respectiva.
Artículo 82.- El
pronunciamiento del concejo sobre
las materias consignadas en la
letra b) del artículo 79 se
realizará de la siguiente manera:
a) El alcalde, en la primera
semana de octubre, someterá
a consideración del concejo
las orientaciones globales
del municipio, el presupuesto
municipal y el programa anual,
con sus metas y líneas de
acción. En las orientaciones
globales, se incluirán el plan
comunal de desarrollo y sus
modificaciones, las políticas
de servicios municipales,
como, asimismo, las políticas
y proyectos de inversión. El
concejo deberá pronunciarse
sobre todas estas materias
antes del 15 de diciembre,
luego de evacuadas las
consultas por el consejo
comunal de organizaciones
de la sociedad civil, cuando
corresponda.
b) El proyecto y las modificaciones
del plan regulador comunal se
regirán por los procedimientos
específicos establecidos por
las leyes vigentes.
c) En las demás materias, el
pronunciamiento del concejo
deberá emitirse dentro del
plazo de veinte días, contado
desde la fecha en que se dé
cuenta del requerimiento
formulado por el alcalde.
Si los pronunciamientos del
concejo no se produjeren dentro
de los términos legales
señalados, regirá lo propuesto
por el alcalde.
corresponderá:
a) Elegir al alcalde, en caso de
vacancia, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 62,
para este efecto el concejal
deberá acreditar cumplir con
los requisitos especificados
en el inciso segundo del
artículo 57;
b) Pronunciarse sobre las materias
que enumera el artículo 65 de
esta ley;
c) Fiscalizar el cumplimiento de
los planes y programas de
inversión municipales y la
ejecución del presupuesto
municipal, analizar el registro
público mensual de gastos
detallados que lleva la
Dirección de Administración y
Finanzas, como asimismo, la
información, y la entrega de
la misma, establecida en las
letras c) y d) del artículo 27;
d) Fiscalizar las actuaciones del
alcalde y formularle las
observaciones que le merezcan,
las que deberán ser respondidas
por escrito dentro del plazo
máximo de quince días;
e) Pronunciarse respecto de los
motivos de renuncia a los
cargos de alcalde y de
concejal;
f) Aprobar la participación
municipal en asociaciones,
corporaciones o fundaciones;
g) Recomendar al alcalde
prioridades en la formulación
y ejecución de proyectos
específicos y medidas
concretas de desarrollo
comunal;
h) Citar o pedir información, a
través del alcalde, a los
organismos o funcionarios
municipales cuando lo estime
necesario para pronunciarse
sobre las materias de su
competencia.
La facultad de solicitar
información la tendrá también
cualquier concejal, la que
deberá formalizarse por escrito
al concejo.
El alcalde estará obligado a
responder el informe en un
plazo no mayor de quince días;
i) Elegir, en un solo acto, a los
integrantes del directorio que
le corresponda designar a la
municipalidad en cada
corporación o fundación en que
tenga participación, cualquiera
sea el carácter de ésta o
aquélla. Estos directores
informarán al concejo acerca
de su gestión, como asimismo
acerca de la marcha de la
corporación o fundación de
cuyo directorio formen parte;
j) Solicitar informe a las
empresas, corporaciones,
fundaciones o asociaciones municipales, y a
las entidades que reciban
aportes o subvenciones de la
municipalidad. En este último
caso, la materia del informe
sólo podrá consistir en el
destino dado a los aportes o
subvenciones municipales
percibidos. Los informes
requeridos deberán ser
remitidos por escrito dentro
del plazo de quince días;
k) Otorgar su acuerdo para la
asignación y cambio de
denominación de los bienes
municipales y nacionales de
uso público bajo su
administración, como asimismo,
de poblaciones, barrios y
conjuntos habitacionales del
territorio comunal previo
informe escrito del consejo
comunal de organizaciones de
la sociedad civil;
l) Fiscalizar las unidades y
servicios municipales;
ll) Autorizar los cometidos del
alcalde y de los concejales
que signifiquen ausentarse
del territorio nacional.
Requerirán también
autorización los cometidos
del alcalde y de los
concejales que se realicen
fuera del territorio de la
comuna por más de diez días.
Un informe de dichos
cometidos y su costo se
incluirán en el acta del
concejo;
m) Supervisar el cumplimiento del
plan comunal de desarrollo;
n) Pronunciarse, a más tardar el
31 de marzo de cada año, a solicitud
del consejo comunal de organizaciones
de la sociedad civil, sobre las
materias de relevancia local que deben
ser consultadas a la comunidad por
intermedio de esta instancia, como
asimismo la forma en que se efectuará
dicha consulta, informando de ello a
la ciudadanía, y
ñ) Informar a las organizaciones
comunitarias de carácter territorial
y funcional; a las asociaciones sin
fines de lucro y demás instituciones
relevantes en el desarrollo económico,
social y cultural de la comuna, cuando
éstas así lo requieran, acerca de la
marcha y funcionamiento de la municipalidad,
de conformidad con los antecedentes que
haya proporcionado el alcalde con
arreglo al artículo 87.
Lo anterior es sin perjuicio de
las demás atribuciones y funciones
que le otorga la ley.
Artículo 80.- La fiscalización
que le corresponde ejercer al
concejo comprenderá también la
facultad de evaluar la gestión
del alcalde, especialmente para
verificar que los actos municipales
se hayan ajustado a las políticas,
normas y acuerdos adoptados por el
concejo, en el ejercicio de sus
facultades propias.
Las diferentes acciones de
fiscalización deberán ser acordadas
dentro de una sesión ordinaria del
concejo y a requerimiento de
cualquier concejal.
El concejo, por la mayoría de
sus miembros, podrá disponer la
contratación de una auditoría
externa que evalúe la ejecución
presupuestaria y el estado de
situación financiera del
municipio. Esta facultad podrá
ejercerse sólo una vez al año en
los municipios cuyos ingresos
anuales superen las 6.250 unidades
tributarias anuales, y cada dos
años en los restantes municipios.
Sin perjuicio de lo anterior,
el concejo dispondrá la contratación
de una auditoría externa que evalúe
la ejecución del plan de desarrollo,
la que deberá practicarse cada tres
o cuatro años, respectivamente,
según la clasificación de los
municipios por ingresos señalada
en el inciso precedente.
En todo caso las auditorías
de que trata este artículo se
contratarán por intermedio del
alcalde y con cargo al presupuesto
municipal. Los informes finales
recaídos en ellas serán de
conocimiento público.
Artículo 81.- El concejo sólo
podrá aprobar presupuestos
debidamente financiados,
correspondiéndole especialmente al
jefe de la unidad encargada del
control, o al funcionario que
cumpla esa tarea, la obligación de
representar a aquél, mediante un
informe, los déficit que advierta
en el presupuesto municipal los
pasivos contingentes derivados,
entre otras causas, de demandas
judiciales y las deudas con
proveedores, empresas de servicio
y entidades públicas, que puedan
no ser servidas en el marco del
presupuesto anual. Para estos
efectos, el concejo deberá examinar
trimestralmente el programa de
ingresos y gastos, introduciendo
las modificaciones correctivas a
que hubiere lugar, a proposición
del alcalde.
Si el concejo desatendiere la
representación formulada según lo
previsto en el inciso anterior y no
introdujere las rectificaciones
pertinentes, el alcalde que no
propusiere las modificaciones
correspondientes o los concejales
que las rechacen, serán
solidariamente responsables de
la parte deficitaria que arroje
la ejecución presupuestaria anual
al 31 de diciembre del año
respectivo. Habrá acción pública
para reclamar el cumplimiento de
esta responsabilidad.
En todo caso, el concejo sólo
resolverá las modificaciones
presupuestarias una vez que haya
tenido a la vista todos los
antecedentes que justifican la
modificación propuesta, los cuales
deberán ser proporcionados a los
concejales con una anticipación de
a lo menos 5 días hábiles a la
sesión respectiva.
Artículo 82.- El
pronunciamiento del concejo sobre
las materias consignadas en la
letra b) del artículo 79 se
realizará de la siguiente manera:
a) El alcalde, en la primera
semana de octubre, someterá
a consideración del concejo
las orientaciones globales
del municipio, el presupuesto
municipal y el programa anual,
con sus metas y líneas de
acción. En las orientaciones
globales, se incluirán el plan
comunal de desarrollo y sus
modificaciones, las políticas
de servicios municipales,
como, asimismo, las políticas
y proyectos de inversión. El
concejo deberá pronunciarse
sobre todas estas materias
antes del 15 de diciembre,
luego de evacuadas las
consultas por el consejo
comunal de organizaciones
de la sociedad civil, cuando
corresponda.
b) El proyecto y las modificaciones
del plan regulador comunal se
regirán por los procedimientos
específicos establecidos por
las leyes vigentes.
c) En las demás materias, el
pronunciamiento del concejo
deberá emitirse dentro del
plazo de veinte días, contado
desde la fecha en que se dé
cuenta del requerimiento
formulado por el alcalde.
Si los pronunciamientos del
concejo no se produjeren dentro
de los términos legales
señalados, regirá lo propuesto
por el alcalde.
martes, 17 de enero de 2012
TABLA SESION CONCEJO MUNICIPAL 18 ENERO
NESTOR BURGOS RIQUELME, SECRETARIO MUNICIPAL Y DE CONCEJO, saluda con especial atención a los Srs. Concejales, y de acuerdo con la Ley Nº 18.695, Art. 84, Inciso 3º; por expresa disposición del Alcalde hago llegar la convocatoria, para una Reunión Ordinaria el día Miércoles 18 de Enero de 2012 a las 08:30 hrs. en dependencias de la Sala de Reuniones del Municipio.
TABLA SESION ORDINARIA Nº 114 CONCEJO MUNICIPAL
MIERCOLES 18 DE ENERO DE 2012.-
MATERIAS
1. Aprueba Acta Anterior
2. Varios
3. Fijar Monto Dieta Concejales año 2012.
4. Aprobar Modificación Presupuestaria Municipal Nº 02-2012.
5. Aprobar acuerdo transacción por incremento ex Funcionarios Municipales.
6. Aprobar transacción judicial Sra. Ruth Gallardo
7. Aprobar Anticipo de Subvención Modificación Ley 20.501, Departamento de Educación.
8. Aprobar Anticipo Ley 20.159, Dpto. Educación
9. Aprobar destino de traspaso , Dpto. Educación
10. Aprobar Asignación Especial Transitoria Art. 45 Ley 19.378 funcionarios del Dpto. de Salud Municipal.
11. Aprobar Costos de Operación y Mantención Proyecto FRIL.
12. Aprobar renovación Patente Alcohol (discoteque Conga) Sra. Inilda Castillo
13. Entrega PLADECO.
14. Correspondencia
TABLA SESION ORDINARIA Nº 114 CONCEJO MUNICIPAL
MIERCOLES 18 DE ENERO DE 2012.-
MATERIAS
1. Aprueba Acta Anterior
2. Varios
3. Fijar Monto Dieta Concejales año 2012.
4. Aprobar Modificación Presupuestaria Municipal Nº 02-2012.
5. Aprobar acuerdo transacción por incremento ex Funcionarios Municipales.
6. Aprobar transacción judicial Sra. Ruth Gallardo
7. Aprobar Anticipo de Subvención Modificación Ley 20.501, Departamento de Educación.
8. Aprobar Anticipo Ley 20.159, Dpto. Educación
9. Aprobar destino de traspaso , Dpto. Educación
10. Aprobar Asignación Especial Transitoria Art. 45 Ley 19.378 funcionarios del Dpto. de Salud Municipal.
11. Aprobar Costos de Operación y Mantención Proyecto FRIL.
12. Aprobar renovación Patente Alcohol (discoteque Conga) Sra. Inilda Castillo
13. Entrega PLADECO.
14. Correspondencia
lunes, 16 de enero de 2012
PROPUESTA NUEVO ESTANDAR VEREDAS
Sr. Pablo Astete Mermoud
Alcalde Villa Rica
Presente
Debido a diversas preocupaciones de vecinos por veredas nuevas deterioradas o mal hechas, deseo proponer a Ud., lo siguiente:
.- Mejorar el control municipal a través de inspectores de dedicación exclusiva y debidamente capacitados.
.- Ensayos de laboratorio para comprobar cumplimiento de bases
.- Mejorar las bases técnicas para mejorar durabilidad pavimentos
.- Mejorar standar vida útil de 5 a 10 o más años . Evaluar costo/beneficio
.- No volver a entregar licitaciones a empresas que hayan hecho mal su trabajo. Hay veredas como Pedro Montt altura 400 o alrededor de la plaza municipal que estaban deterioradas a los 2 años de haberse entregado
.- Subir a la web municipal todos los antecedentes de cada obra de pavimentación de manera que la comunidad tenga acceso directo
.- Publicar en la web seguimiento e informes de inspección de cada obra ( plataforma digital)
Atte
Victor Durán Rivera
Concejal
Alcalde Villa Rica
Presente
Debido a diversas preocupaciones de vecinos por veredas nuevas deterioradas o mal hechas, deseo proponer a Ud., lo siguiente:
.- Mejorar el control municipal a través de inspectores de dedicación exclusiva y debidamente capacitados.
.- Ensayos de laboratorio para comprobar cumplimiento de bases
.- Mejorar las bases técnicas para mejorar durabilidad pavimentos
.- Mejorar standar vida útil de 5 a 10 o más años . Evaluar costo/beneficio
.- No volver a entregar licitaciones a empresas que hayan hecho mal su trabajo. Hay veredas como Pedro Montt altura 400 o alrededor de la plaza municipal que estaban deterioradas a los 2 años de haberse entregado
.- Subir a la web municipal todos los antecedentes de cada obra de pavimentación de manera que la comunidad tenga acceso directo
.- Publicar en la web seguimiento e informes de inspección de cada obra ( plataforma digital)
Atte
Victor Durán Rivera
Concejal
PROPUESTA MEJORAMIENTO ESTANDAR NUEVAS VEREDAS
Sr. Pablo Astete Mermoud
Alcalde Villa Rica
Presente
Debido a diversas preocupaciones de vecinos por veredas nuevas deterioradas o mal hechas, deseo proponer a Ud., lo siguiente:
.- Mejorar el control municipal a través de inspectores de dedicación exclusiva y debidamente capacitados.
.- Ensayos de laboratorio para comprobar cumplimiento de bases
.- Mejorar las bases técnicas para mejorar durabilidad pavimentos
.- Mejorar standar vida útil de 5 a 10 o más años . Evaluar costo/beneficio
.- No volver a entregar licitaciones a empresas que hayan hecho mal su trabajo. Hay veredas como Pedro Montt altura 400 o alrededor de la plaza municipal que estaban deterioradas a los 2 años de haberse entregado
.- Subir a la web municipal todos los antecedentes de cada obra de pavimentación de manera que la comunidad tenga acceso directo
.- Publicar en la web seguimiento e informes de inspección de cada obra ( plataforma digital)
Atte
Victor Durán Rivera
Concejal
Alcalde Villa Rica
Presente
Debido a diversas preocupaciones de vecinos por veredas nuevas deterioradas o mal hechas, deseo proponer a Ud., lo siguiente:
.- Mejorar el control municipal a través de inspectores de dedicación exclusiva y debidamente capacitados.
.- Ensayos de laboratorio para comprobar cumplimiento de bases
.- Mejorar las bases técnicas para mejorar durabilidad pavimentos
.- Mejorar standar vida útil de 5 a 10 o más años . Evaluar costo/beneficio
.- No volver a entregar licitaciones a empresas que hayan hecho mal su trabajo. Hay veredas como Pedro Montt altura 400 o alrededor de la plaza municipal que estaban deterioradas a los 2 años de haberse entregado
.- Subir a la web municipal todos los antecedentes de cada obra de pavimentación de manera que la comunidad tenga acceso directo
.- Publicar en la web seguimiento e informes de inspección de cada obra ( plataforma digital)
Atte
Victor Durán Rivera
Concejal
sábado, 14 de enero de 2012
miércoles, 11 de enero de 2012
ASPECTOS LEGALES TARJETA TNE
La Tarjeta Nacional del Estudiante(TNE) o “ Pase Escolar”, es un beneficio que el Estado entregue. A través del Ministerio de Educación, administrado por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), dirigido a los estudiantes desde 5° año de enseñanza básica, hasta 4 ° año de enseñanza media, perteneciente a establecimientos municipales y particulares subvencionados reconocidos por JUNAEB; estudiantes de centros de formación técnica, institutos profesionales y Universidades que imparten carreras reconocidas por el Ministerio de Educación. Se encuentra regulado por el Decreto Supremo N° 20/82 del Ministerio de Educación.
Desde el 6 de marzo de 2010 y de conformidad a la Ley 20.378 que otorga subsidio al Transporte público al TRANSPORTE URBANO, este tipo de servicio de transporte público se encuentra sujeto a una tarifa escolar que en ningún caso debe superar el 33% de la tarifa adulta fijada a la fecha de la entrada en vigencia. En este caso particular, se deroga el D.S. N° 45/89 por existir una norma especial de preferente aplicación (Ley de Subsidio)
En el caso de los buses rurales e interurbanos, y en el caso de servicio urbanos, rurales o interurbanos que operen , se aplica en plenitud el D. S. 45/89 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
En consecuencia, para este tipo de servicios de transportes públicos, el D. S., n° 45/89 dispone que las tarifas estudiantiles, nunca podrán exceder los siguientes porcentajes, en relación a la tarifa adulta:
1.- Servicio urbano o rural, que no excede los 50 kilómetros.
Estudiantes de enseñanza media: la tarifa no podrá exceder el 40% de la tarifa adulta.
Estudiantes de educación superior o universitaria: la tarifa escolar solo podrá alcanzar hasta un 50% del valor del pasaje adulto.
2.-En aquellos tramos de más de 50 km (servicios rurales o interurbanos) la tarifa escolar podrá alcanzar hasta un 70% del valor del pasaje adulto.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores de la Secretaría regional Ministerial de Transportes de la Región de la Araucanía podrán fiscalizar en la vía pública el debido traslado de estudiantes, pudiendo cursar una boleta de citación al Juzgado de Policía Local competente por negarse a transportar pasajeros teniendo capacidad suficiente, y/o por infracción al art. 26° del D. S. N° 212/92 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que estipula la obligación que tiene la locomoción colectiva mayores (buses) de transportar estudiantes beneficiados de franquicia tributaria.
La Secretaria Regional Ministerial, en caso de reiteradas infracciones por parte de las empresas, y que estas sean constatadas mediante Reportes de Inspección, podrá dar inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio, de conformidad al D.S. N° 212792 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones., o conforme a las Bases de Licitación, si se trata de un servicio licitado.
Estos procesos pueden culminar en sanciones administrativas o inclusive con el cobro de boletas de garantía de fiel cumplimiento.
En caso de cobros indebidos, se debe tomar contacto directamente con la Oficina Provincial de Educación correspondiente a la Región de la Araucanía, para informar de la situación indicada, entregando los antecedentes.
Atte.
Manuel Muñoz
Abogado
Desde el 6 de marzo de 2010 y de conformidad a la Ley 20.378 que otorga subsidio al Transporte público al TRANSPORTE URBANO, este tipo de servicio de transporte público se encuentra sujeto a una tarifa escolar que en ningún caso debe superar el 33% de la tarifa adulta fijada a la fecha de la entrada en vigencia. En este caso particular, se deroga el D.S. N° 45/89 por existir una norma especial de preferente aplicación (Ley de Subsidio)
En el caso de los buses rurales e interurbanos, y en el caso de servicio urbanos, rurales o interurbanos que operen , se aplica en plenitud el D. S. 45/89 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
En consecuencia, para este tipo de servicios de transportes públicos, el D. S., n° 45/89 dispone que las tarifas estudiantiles, nunca podrán exceder los siguientes porcentajes, en relación a la tarifa adulta:
1.- Servicio urbano o rural, que no excede los 50 kilómetros.
Estudiantes de enseñanza media: la tarifa no podrá exceder el 40% de la tarifa adulta.
Estudiantes de educación superior o universitaria: la tarifa escolar solo podrá alcanzar hasta un 50% del valor del pasaje adulto.
2.-En aquellos tramos de más de 50 km (servicios rurales o interurbanos) la tarifa escolar podrá alcanzar hasta un 70% del valor del pasaje adulto.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores de la Secretaría regional Ministerial de Transportes de la Región de la Araucanía podrán fiscalizar en la vía pública el debido traslado de estudiantes, pudiendo cursar una boleta de citación al Juzgado de Policía Local competente por negarse a transportar pasajeros teniendo capacidad suficiente, y/o por infracción al art. 26° del D. S. N° 212/92 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que estipula la obligación que tiene la locomoción colectiva mayores (buses) de transportar estudiantes beneficiados de franquicia tributaria.
La Secretaria Regional Ministerial, en caso de reiteradas infracciones por parte de las empresas, y que estas sean constatadas mediante Reportes de Inspección, podrá dar inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio, de conformidad al D.S. N° 212792 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones., o conforme a las Bases de Licitación, si se trata de un servicio licitado.
Estos procesos pueden culminar en sanciones administrativas o inclusive con el cobro de boletas de garantía de fiel cumplimiento.
En caso de cobros indebidos, se debe tomar contacto directamente con la Oficina Provincial de Educación correspondiente a la Región de la Araucanía, para informar de la situación indicada, entregando los antecedentes.
Atte.
Manuel Muñoz
Abogado
martes, 10 de enero de 2012
TABLA SESION CONCEJO MUNICIPAL 11 ENERO
NESTOR BURGOS RIQUELME, SECRETARIO MUNICIPAL Y DE CONCEJO, saluda con especial atención a los Srs. Concejales, y de acuerdo con la Ley Nº 18.695, Art. 84, Inciso 3º; por expresa disposición del Alcalde hago llegar la convocatoria, para una Reunión Ordinaria el día Miércoles 11 de Enero de 2012 a las 08:30 hrs. en dependencias de la Sala de Reuniones del Municipio.
TABLA SESION ORDINARIA Nº 113 CONCEJO MUNICIPAL
MIERCOLES 11 DE ENERO DE 2012.-
MATERIAS
1. Aprueba Acta Anterior
2. Varios.
3. Aprueba Subvención a Junta de Vecinos Villa los Héroes.
4. Aprueba comodato Junta de Vecinos Población Alberto Hurtado.
5. Aprueba comodato Club de Rayuela Estrella Roja.
6. Aprueba Comodato Grupo Cultural Tragun Lelfun Aillarehue, Leandro Penchulef.
7. Aprueba Comodato Club de Rayuela Carrera.
8. Aprobación Informe para renovación de Patentes de alcohol en la Comuna 2do. Semestre Año Tributario 2011.
9. Aprueba autorización Instalación de Luz Eléctrica y Empalme área verde, Lican-Ray camino a Coñaripe con Hugolino Lillo.
10. Correspondencia
TABLA SESION ORDINARIA Nº 113 CONCEJO MUNICIPAL
MIERCOLES 11 DE ENERO DE 2012.-
MATERIAS
1. Aprueba Acta Anterior
2. Varios.
3. Aprueba Subvención a Junta de Vecinos Villa los Héroes.
4. Aprueba comodato Junta de Vecinos Población Alberto Hurtado.
5. Aprueba comodato Club de Rayuela Estrella Roja.
6. Aprueba Comodato Grupo Cultural Tragun Lelfun Aillarehue, Leandro Penchulef.
7. Aprueba Comodato Club de Rayuela Carrera.
8. Aprobación Informe para renovación de Patentes de alcohol en la Comuna 2do. Semestre Año Tributario 2011.
9. Aprueba autorización Instalación de Luz Eléctrica y Empalme área verde, Lican-Ray camino a Coñaripe con Hugolino Lillo.
10. Correspondencia
lunes, 9 de enero de 2012
PROPUESTA VILLARRICA 2012-2016
VILLARRICA, UN FUTURO MEJOR. PROPUESTA HOJA DE RUTA 2012-2016.
Villarrica en la actualidad cuenta con cerca de 60.000 habitantes llenos de sueños y esperanzas de un futuro mejor. Quiero invitarlos a transformar esos sueños y esperanzas en proyectos tangibles y reales y luego en acciones y obras visibles y palpables, pero con la participación de ustedes en todas sus etapas. Sin duda es un gran desafío para todos transformar nuestras formas de participación y opinión en los procesos de desarrollo de la comuna, que si bien son complejos, deben ser parte del “ser ciudadano”. Hay grandes deseos de cambios reales en la comunidad nacional y local pidiendo más participación en las decisiones que los afectan directamente y más transparencia del actuar municipal entregando toda información a la comunidad, de manera que ya no podremos seguir “haciendo comuna” como hasta ahora. También la comunidad demanda mayor eficiencia y eficacia en la gestión municipal, de manera que se deberá hacer una “reingeniería” de todos los servicios que presta el municipio a objeto de mejorar esos procesos, incluidos los servicios traspasados de Educación y Salud. En este contexto requerimos potenciar el uso de tecnologías de comunicación e información en todos los procesos que desarrolla el municipio de manera de “acercar el municipio a la comunidad”. Lo anterior, en modo alguno significa no fortalecer “un municipio en terreno”, lo cual es tan relevante como mejorar la comunicación por la web con la comunidad. Si queremos modernizar la gestión municipal debemos incorporar conceptos claves para el desarrollo sostenible de la comuna en el “corazón del municipio”; Identidad y diferenciación; emprendimiento e innovación; diversificación y calidad; conciencia ecológica y protección ambiental; más igualdad y oportunidades; más eficiencia y eficacia. La “impecabilidad técnica y legal” de los actos municipales debe ser otra prioridad y así evitar al máximo las demandas o investigaciones de Contraloría. Por último la nueva administración deberá “aumentar los ingresos propios”, dado que hay un margen importante de recursos que hoy no son captados por el municipio y podrían “invertirse en desarrollo turístico” (cobro extracción áridos, concesión muelles privados, propaganda vía pública, tasas patentes comerciales, etc).
Independientemente si soy candidato a Alcalde o Concejal en las elecciones municipales de octubre del presente año, deseo plantear a la comunidad de Villarrica las prioridades de lo que debería contener al menos esta Hoja de Ruta, para conocer sus opiniones y comentarios los cuales son muy valiosos para mi:
.- PROPUESTAS AREAS RELEVANTES Y ALGUNAS IDEAS
1.1.- DESARROLLO TURISTICO (identidad y diferenciación)
.- Entregar servicios de calidad turística certificados. Apoyo a certificación Ley Turismo (Q).
.- Consolidar proyecto playas artificiales
.- Proponer Plan protección lago Villarrica (reforestación cuenca, alcantarillado ribereño Pucón-Villarrica, etc) y Consolidar proyecto de Norma Secundaria de Calidad Ambiental Lago Villarrica.
.- Plan educación turística colegios
.- Programa fortalecimiento de la pesca recreativa (adquirir zodiac fiscalización, pedir declaración río Toltén área preferencial pesca recreativa, venta licencias fin de semana, repoblamiento especies asilvestradas, talleres de pesca con devolución, capacitación de guías de pesca-jóvenes-, difusión)
.- Consolidar proyecto Parque Urbano
.- Consolidar Ordenanza Local Fachadas
1.2.- DESARROLLO ECONOMICO (emprendimiento e innovación)
.- Crear Ruta del mueble Villarrica-Licán Ray
.- Craer Centro Tecnológico de la Madera (apoyo emprendimiento e innovación)
.- Diseño de Centro Artesanal Municipal y gestionar fondos construcción (sector aledaño Biblioteca Pública)
.- Crear Banco Municipal Microcrédito (apoyo al emprendimiento e innovación) a través de subvención a un tercero para gestión de microcréditos
.- Diseño terminal de buses y gestionar adquisición terreno ( terreno cárcel actual, hospital?).
1.3.- DESARROLLO RURAL Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE (diversificación y calidad productos. Conciencia ecológica y protección ambiental)
.- Construir Instituto Local de la Miel (apoyo emprendimiento e innovación)
.- Apoyo a campesinos para optar a sello productos agrícolas orgánicos (mayor valor agregado)
.- Diseño de mercado municipal rural y gestionar compra terreno. (Venta es clave en cadena de producción)
.- Mejoramiento caminos a través de contratos arriendos de maquinaria (leasing) y presentación de proyectos al Gobierno Central y Regional
.- Desarrollar Programa Mejoremos la Calidad del Aire de Villarrica y gestionar con SEREMI Salud instalación equipo monitoreo continuo y permanente
.- Nueva ordenanza control canino y obtención fondos para su implementación
1.4.- DESARROLLO SOCIAL (más igualdad y oportunidades)
-Cultura:
.- Definir un sello cultural para la comuna (Ej. Encuentro Internacional Guitarra Clásica)
.- Consolidar Centro Cultural
.- Reeditar Historia de Villa Rica
-Educación:
.-Potenciar la ciencia como sello de la educación municipal (diferenciación). Crear Clubes científicos en todos los colegios
Nota: Hay que considerar el proceso de desmunicipalización
-Salud:
.- Nombrar a Director de Salud Municipal (hoy no existe)
.- Potenciar programas de prevención de enfermedades, esencia del modelo de atención primaria (deportes, vida sana, etc)
.- Postular a un CESFAM al programa de excelencia del MINSAL
.- Implementar sistema más eficiente de reservas de horas médicas (Ej.sms)
.- Consolidar anteproyecto nuevo hospital
-Deportes:
.- Licitar ingreso Tercera división a clubes de Villarrica
.- Consolidar proyecto Ciudad Deportiva Putúe
.- Crear red gimnasios públicos-privados para maximizar su uso
.- Profesionalizar la gestión deportiva (apoyo con becas de estudio)
.- Crear red multicanchas públicas para maximizar su uso
.- Potenciar clubes deportivos a través de capacitación y apoyo económico
.- Consolidar Corporación Deportiva Municipal
-Sociedad civil:
.- Fortalecimiento de la organizaciones la sociedad civil (capacitación, consultas públicas vinculantes, etc).
.- Planes apoyo jóvenes, mujeres y tercera edad (emprendimiento e innovación)
.- Alumbrar lugares públicos con internet – wi-fi-(plazas)
.- Programa accesibilidad discapacitados
1.5.- MODERNIZACION MUNICIPAL (Más eficiencia y eficacia)
.- Crear sistema seguimiento interno y respuesta a solicitudes de la comunidad
.- Acercar municipio a la comunidad a través de redes sociales y web municipal
.- Consultas públicas vinculantes
.- Capacitación personal en emprendimiento e innovación
.- Mejoramiento Tecnologías de la Comunicación e Información
.- Más información en la web municipal por Ley de Transparencia
.- Mejoramiento elaboración y control cumplimiento Plan Anual Municipal con sus metas y líneas de acción
.- Apoyar creación nueva Comuna de Licán Ray y Nueva Provincia del Toltén o Villarrica
.- Nombrar Delegado Municipal en la localidad de Ñancul
Esperando sus ideas, observaciones y comentarios
Victor Durán
Concejal
victordura@gmail.com
68477929
Villarrica en la actualidad cuenta con cerca de 60.000 habitantes llenos de sueños y esperanzas de un futuro mejor. Quiero invitarlos a transformar esos sueños y esperanzas en proyectos tangibles y reales y luego en acciones y obras visibles y palpables, pero con la participación de ustedes en todas sus etapas. Sin duda es un gran desafío para todos transformar nuestras formas de participación y opinión en los procesos de desarrollo de la comuna, que si bien son complejos, deben ser parte del “ser ciudadano”. Hay grandes deseos de cambios reales en la comunidad nacional y local pidiendo más participación en las decisiones que los afectan directamente y más transparencia del actuar municipal entregando toda información a la comunidad, de manera que ya no podremos seguir “haciendo comuna” como hasta ahora. También la comunidad demanda mayor eficiencia y eficacia en la gestión municipal, de manera que se deberá hacer una “reingeniería” de todos los servicios que presta el municipio a objeto de mejorar esos procesos, incluidos los servicios traspasados de Educación y Salud. En este contexto requerimos potenciar el uso de tecnologías de comunicación e información en todos los procesos que desarrolla el municipio de manera de “acercar el municipio a la comunidad”. Lo anterior, en modo alguno significa no fortalecer “un municipio en terreno”, lo cual es tan relevante como mejorar la comunicación por la web con la comunidad. Si queremos modernizar la gestión municipal debemos incorporar conceptos claves para el desarrollo sostenible de la comuna en el “corazón del municipio”; Identidad y diferenciación; emprendimiento e innovación; diversificación y calidad; conciencia ecológica y protección ambiental; más igualdad y oportunidades; más eficiencia y eficacia. La “impecabilidad técnica y legal” de los actos municipales debe ser otra prioridad y así evitar al máximo las demandas o investigaciones de Contraloría. Por último la nueva administración deberá “aumentar los ingresos propios”, dado que hay un margen importante de recursos que hoy no son captados por el municipio y podrían “invertirse en desarrollo turístico” (cobro extracción áridos, concesión muelles privados, propaganda vía pública, tasas patentes comerciales, etc).
Independientemente si soy candidato a Alcalde o Concejal en las elecciones municipales de octubre del presente año, deseo plantear a la comunidad de Villarrica las prioridades de lo que debería contener al menos esta Hoja de Ruta, para conocer sus opiniones y comentarios los cuales son muy valiosos para mi:
.- PROPUESTAS AREAS RELEVANTES Y ALGUNAS IDEAS
1.1.- DESARROLLO TURISTICO (identidad y diferenciación)
.- Entregar servicios de calidad turística certificados. Apoyo a certificación Ley Turismo (Q).
.- Consolidar proyecto playas artificiales
.- Proponer Plan protección lago Villarrica (reforestación cuenca, alcantarillado ribereño Pucón-Villarrica, etc) y Consolidar proyecto de Norma Secundaria de Calidad Ambiental Lago Villarrica.
.- Plan educación turística colegios
.- Programa fortalecimiento de la pesca recreativa (adquirir zodiac fiscalización, pedir declaración río Toltén área preferencial pesca recreativa, venta licencias fin de semana, repoblamiento especies asilvestradas, talleres de pesca con devolución, capacitación de guías de pesca-jóvenes-, difusión)
.- Consolidar proyecto Parque Urbano
.- Consolidar Ordenanza Local Fachadas
1.2.- DESARROLLO ECONOMICO (emprendimiento e innovación)
.- Crear Ruta del mueble Villarrica-Licán Ray
.- Craer Centro Tecnológico de la Madera (apoyo emprendimiento e innovación)
.- Diseño de Centro Artesanal Municipal y gestionar fondos construcción (sector aledaño Biblioteca Pública)
.- Crear Banco Municipal Microcrédito (apoyo al emprendimiento e innovación) a través de subvención a un tercero para gestión de microcréditos
.- Diseño terminal de buses y gestionar adquisición terreno ( terreno cárcel actual, hospital?).
1.3.- DESARROLLO RURAL Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE (diversificación y calidad productos. Conciencia ecológica y protección ambiental)
.- Construir Instituto Local de la Miel (apoyo emprendimiento e innovación)
.- Apoyo a campesinos para optar a sello productos agrícolas orgánicos (mayor valor agregado)
.- Diseño de mercado municipal rural y gestionar compra terreno. (Venta es clave en cadena de producción)
.- Mejoramiento caminos a través de contratos arriendos de maquinaria (leasing) y presentación de proyectos al Gobierno Central y Regional
.- Desarrollar Programa Mejoremos la Calidad del Aire de Villarrica y gestionar con SEREMI Salud instalación equipo monitoreo continuo y permanente
.- Nueva ordenanza control canino y obtención fondos para su implementación
1.4.- DESARROLLO SOCIAL (más igualdad y oportunidades)
-Cultura:
.- Definir un sello cultural para la comuna (Ej. Encuentro Internacional Guitarra Clásica)
.- Consolidar Centro Cultural
.- Reeditar Historia de Villa Rica
-Educación:
.-Potenciar la ciencia como sello de la educación municipal (diferenciación). Crear Clubes científicos en todos los colegios
Nota: Hay que considerar el proceso de desmunicipalización
-Salud:
.- Nombrar a Director de Salud Municipal (hoy no existe)
.- Potenciar programas de prevención de enfermedades, esencia del modelo de atención primaria (deportes, vida sana, etc)
.- Postular a un CESFAM al programa de excelencia del MINSAL
.- Implementar sistema más eficiente de reservas de horas médicas (Ej.sms)
.- Consolidar anteproyecto nuevo hospital
-Deportes:
.- Licitar ingreso Tercera división a clubes de Villarrica
.- Consolidar proyecto Ciudad Deportiva Putúe
.- Crear red gimnasios públicos-privados para maximizar su uso
.- Profesionalizar la gestión deportiva (apoyo con becas de estudio)
.- Crear red multicanchas públicas para maximizar su uso
.- Potenciar clubes deportivos a través de capacitación y apoyo económico
.- Consolidar Corporación Deportiva Municipal
-Sociedad civil:
.- Fortalecimiento de la organizaciones la sociedad civil (capacitación, consultas públicas vinculantes, etc).
.- Planes apoyo jóvenes, mujeres y tercera edad (emprendimiento e innovación)
.- Alumbrar lugares públicos con internet – wi-fi-(plazas)
.- Programa accesibilidad discapacitados
1.5.- MODERNIZACION MUNICIPAL (Más eficiencia y eficacia)
.- Crear sistema seguimiento interno y respuesta a solicitudes de la comunidad
.- Acercar municipio a la comunidad a través de redes sociales y web municipal
.- Consultas públicas vinculantes
.- Capacitación personal en emprendimiento e innovación
.- Mejoramiento Tecnologías de la Comunicación e Información
.- Más información en la web municipal por Ley de Transparencia
.- Mejoramiento elaboración y control cumplimiento Plan Anual Municipal con sus metas y líneas de acción
.- Apoyar creación nueva Comuna de Licán Ray y Nueva Provincia del Toltén o Villarrica
.- Nombrar Delegado Municipal en la localidad de Ñancul
Esperando sus ideas, observaciones y comentarios
Victor Durán
Concejal
victordura@gmail.com
68477929
jueves, 5 de enero de 2012
NUEVA PRESENTACION FISCALIA VILLARRICA CONTRAVENCION LEY SEP
Sr. Carlos Hoffmann Flandes.
Fiscalía de Villarrica
Villarrica, 2 enero 2012
A través del presente escrito adjunto nuevos antecedentes y documentos en causa RUC N°1101281032-8 de la Fiscalía Local de Villarrica, que estimo son útiles para el proceso investigativo que Ud., está desarrollando sobre la denuncia penal a las infracciones graves a los artículos N° 1 y N° 6, letra e), de la Ley N° 20.248 o Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP, que lo señala el artículo 34, numeral 1 de dicha ley, y el artículo 76, letra h) de la ley N° 20.529 o Ley de Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización cometidos por las personas que resulten responsables de la I. Municipalidad de Villarrica.
1.- Con fecha 21 de diciembre de 2011 fui informado por el Sr. Javier Melillanca ex – trabajador DAEM Villarrica, que el Concejo Municipal de la I. Municipalidad de Villarrica con fecha 4 de abril de 2011 recibió e-mail con informe del Sr, Carlos Cea Ex Jefe Administrativo de la Dirección de Administración de Educación Municipal o DAEM Villarrica, sobre usos de los recursos fiscales de la Ley N° 20.248 o Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP en fines distintos a los estipulados por dicha ley (Se adjunta informe, Pág. N°30) entre otras materias. De esta manera solicité copia del e-mail al Secretario Municipal de la I. Municipalidad de Villarrica, el cual recibí con fecha 22 de diciembre del año 2011, según se acredita en e-mail adjunto. De este informe precedido de un e-mail con antecedentes importantes sobre contravención a la Ley SEP fue enviado efectivamente a Concejales con fecha 4 de abril de 2011 y reenviado por dicho Secretario Municipal al Alcalde y al Administrador Municipal con fecha 5 de abril de 2011, el cual no recibí por que la casilla electrónica estaba mal escrita (victordurana@gmail.com), siendo mi e-mail victordura@gmail.com. Se adjunta copia informe Sr. Carlos Cea.
2.- En este contexto se debe señalar que de acuerdo a este informe del Sr. Carlos Cea, el Alcalde de la Comuna de Villarrica don Pablo Astete Mermoud habría conocido oficialmente de esta situación irregular al menos desde el mes de mayo de 2010, pero no se instruyó sumario administrativo alguno al respecto para determinar infracciones y eventual responsabilidad administrativa funcionaria, ni rectificó contravenciones a la Ley SEP, pues de acuerdo al informe de Contraloría Regional de la Araucanía N°24 del 28 de octubre de 2011 que adjuntara en denuncia a esa fiscalía, durante el resto del año 2010 y principios de 2011 se continuó con esta práctica ilegal, pues se estaban cometiendo infracciones graves, tal como lo indica el inciso primero y segundo del artículo 34 de la Ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP.
Se debe agregar que tal como señala el Sr. Carlos Cea en su e-mail fue despedido de la DAEM donde cumplía funciones de Jefe Administrativo de dicha unidad por bajas en las matrículas - empero firma en esa calidad el citado informe- señalando expresamente contravención a la Ley SEP, no obstante, la municipalidad pagó al Sr. Cea una indemnización cercana a los $5.000.000, sin que a la fecha exista acción legal al respecto.
3.- Desde que asumí como Concejal el día 6 de diciembre de 2008, todos los Informes de Ejecución Presupuestaria Municipal que nos han entregado señalan diversos problemas contables, incluidos servicios traspasados como educación, sin que hasta la fecha estas inconsistencias contables hayan sido subsanadas, lo cual no hace confiable dicha contabilidad y abre legítimas dudas sobre el apego a las normas contables y cumplimiento de normas como la ley SEP que entró en vigencia en el mes de febrero de 2008, por lo cual pedí verbalmente en Concejo Municipal, se subsanaran en varias oportunidades. Como ejemplo de prueba se adjunta informe ejecución presupuestario de fecha 15 octubre 2009 (ver pág. N°7-8), 26 de mayo de 2010 (pág. N°7-8) y 22 de marzo 2011 (ver pág.N°9 y 10). Ante esta situación que se mantiene hasta el día de hoy, según Informe de Ejecución Presupuestaria Municipal último del mes de diciembre de 2011, el cual se adjunta, solicité una investigación a Contraloría Regional la cual me responde mediante Oficio N°02145 de fecha 1 de abril de 2011 en términos que dicha instancia considerará estos antecedentes en la auditoría del presente año. Se adjunta oficio de Contraloría. A tal grado llega las inconsistencias contables que voté en contra de la aprobación del Presupuesto Municipal 2012, solicitando a la Contraloría Regional investigue entre otros materias referidas precisamente a la DAEM ya que el presupuesto no está debidamente financiado lo cual vulnera el Art.81 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y al tenor de todo lo expuesto cabe la duda si se seguirán ocupando dineros de la Ley SEP para fines distintos de los previstos. Se adjunta oficio enviado a Contraloría sin que hasta la fecha se haya respondido.
4.- Adicionalmente, salvo en la Cuenta Pública Municipal 2008, en que se informa una deuda flotante en el DAEM es de $23.000.000 (Pág.17), se debe señalar que en las Cuentas Públicas de los años 2009 (pág. sin numeración, ítem 2.2) y 2010 (pág.28), no se informa deuda, lo cual permite colegir con los nuevos antecedentes tenidos a la vista, que no se entregó información fidedigna, ya que por ejemplo la Cuenta Pública 2010 fue entregada al Concejo Municipal con fecha 28 de abril de 2011, fecha en que ya se conocían los resultados de la auditoría e informe de Carlos Cea con las contravenciones a la Ley SEP y deuda real. Se adjuntan copias Cuenta Pública 2008, 2009 y 2010.
5.- Recién con fecha 10 de marzo de 2010 según consta en Acta N°46 del Concejo Municipal el Alcalde Pablo Astete Mermoud propone al Concejo Municipal de Villarrica la elaboración de una auditoría al Dpto. de Educación Municipal de Villarrica 2007-2009, comenzando su realización en el mes de agosto de 2010, cuyo Informe se entrega al municipio con fecha 22 de noviembre de 2010. En ella se consignan contravenciones a la Ley SEP (Pág. N°7 y otras). Se ajunta Informe Ejecutivo. Sin embargo, no se instruye ningún sumario administrativo para determinar infracciones a la ley y responsabilidad administrativa de funcionarios, en virtud y lo reitero, de que se estaban cometiendo infracciones graves, tal como lo indica el inciso primero y segundo del artículo 34 de la Ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP.
6.- La auditoría externa al Dpto. de Administración y Educación Municipal (DAEM) no se nos presentó a los concejales ni verbalmente ni por escrito, sino hasta que pedí verbalmente y expresamente que esto ocurriera, pues yo accedí por iniciativa propia al Informe Ejecutivo de ésta y di a conocer en el Concejo Municipal las principales conclusiones. La reunión en ese momento estaba presidida por el Concejal don René Rubeska Balboa, acordándose su presentación en el siguiente Concejo Municipal. Esta solicitud verbal de presentación auditoría consta en Acta N°82 de fecha 9 de marzo de 2011 (hoja N°6). Se adjunta copia de acta.
7.- Se debe agregar que la auditoría hasta el día de hoy no ha sido publicada en la web municipal, cuya dirección es www.villarrica.org., como lo exige el artículo 7, letra l, de la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública o Ley de Transparencia.
8.- Con fecha 16 de marzo del año 2011, según consta en Acta N°83 (hojas N°6-10) del Concejo Municipal de Villarrica, se presentó la auditoría por parte de la Unidad de Control Municipal y dadas las inconsistencias y diferencias que tenía el informe de auditoría con las respuestas de la DAEM, Alcalde y Unidad de Control Municipal, solicité que fuera la empresa auditora quien expusiera los resultados, lo cual consta en dicha acta. Se adjunta copia de acta.
Por ejemplo en dicha Acta se consigna que el Alcalde señala antecedentes contradictorios:
"El Señor Alcalde informa que los fondos SEP, se destinaron a financiar la diferencia y no se ejecutaron".
Por otra parte agrega:
"El Señor Alcalde manifiesta como instruí al Director de Control ingreso de la Ley SEP, la claridad respecto del uso de los recursos que son importantes, cuantiosos, y además que está la sensación que se restó recursos que estaban orientados a la atención de los alumnos alta prioridad, creo que eso es lo más importante, exactamente, donde se destinó y por qué razón".
Lo cual a todas luces significa transgresión al artículo 6 letra e), en el uso de los recursos de la subvención escolar preferencial, tal como lo indica el inciso primero y segundo del artículo 34 de la Ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP.
Ante esta situación de confusión, pedí expresamente por oficio una investigación a la Contraloría Regional de la Araucanía enviando copia de Informe Ejecutivo Auditoría DAEM, lo cual también consta en dicha acta. La Contraloría Regional de la Araucanía me responde por Oficio N°01842 del 22 marzo de 2011 que el Alcalde debía instruir un sumario administrativo, sin perjuicio de los planes fiscalizadores de esa repartición. Adjunto oficio de Contraloría.
9.- Con fecha 6 de abril del año 2011, según consta en Acta N°85 (pág.N°5-7) expuso ante el Concejo Municipal la empresa consultora ACAP realizadora de la auditoría externa, sin entregar antecedentes concluyentes y no analizándose el punto en particular sobre Ley SEP a pesar que expresé lo siguiente:
“El Concejal Sr. Duran manifiesta su preocupación por la capacidad fiscalizadora del Ministerio a través de la Seremi porque se han estado cancelando estos incentivos y ellos no han advertido que se están pagando con recursos de subvención lo que no es legal, porque se debe cancelar con recursos propios o de transferencia”.
.- Recién mediante Decreto Alcaldicio N°161 del 15 de abril de 2011 se instruye sumario administrativo sobre irregularidades detectadas en auditoría externa al Dpto. Educación Municipal de Villarrica, no obstante, no se investigaron contravenciones manifiestas y graves referente a la malversación de la subvención escolar preferencial, a la Ley de Subvención Escolar Preferencial (Ley SEP) según consta en proceso que culmina en la dictación del Decreto Alcaldicio N°344 de fecha 17 de noviembre de 2011, por lo cual solicité por escrito investigar esta situación grave a la Contraloría Regional de la Araucanía. Se adjunta oficio enviado con fecha 16 de diciembre de 2011 a esa unidad de control, no obteniendo respuesta hasta la fecha. Adjunto además Decreto Alcaldicio N°344.
En relación a este numeral se debe agregar que sólo se hizo sumario por presión tanto de Oficio N°01842 de Contraloría de fecha 22 de marzo de 2011 descrito en numeral 8 e e-mail con informe de Carlos Cea a los Concejales de fecha 4 de abril de 2011, detallado en numeral 1.
10.- Con fecha 7 de diciembre de 2011 se hace entrega al Concejo Municipal del informe de la Contraloría Regional de la Auditoría a la Ley SEP, en que se concluye la contravención a dicha ley, por lo cual con este antecedente fundado y oficial, denuncié el hecho a la Fiscalía con fecha 12 de diciembre del presente año, a Ud., tal como consta al Sr. Fiscal.
11.-Se debe señalar que recién con fecha 14 de diciembre del presente año se nos advierte por primera vez en el Informe Trimestral de Ejecución Presupuestaria Municipal en su pág.10 de la contravención a la Ley SEP, según informe de Contraloría Regional de la Araucanía. Se adjunta Informe de Ejecución Presupuestaria Trimestral Municipal de fecha 9 de diciembre de 2011.
12.- Resulta del todo evidente de lo analizado y señalado precedentemente, que existe contravención manifiesta, grave, dolosa y reiterada a la Ley SEP durante al menos en los años 2009-2011, pues tal como lo indica expresamente el Informe de Auditoria de Contraloría de la Región de la Araucanía de fecha , en la que se indica la respuesta de la I. Municipalidad de Villarrica al oficio emanado del ente contralor, expresa en el numeral 2 “ se vieron en la obligación de utilizar los recursos para financiar el funcionamiento de la de la educación municipal en su conjunto”, lo que también se señala y corrobora en mismo numeral ; “ de esta forma se espera recuperar los fondos de la Subvención Escolar Preferencial invertidos en otros propósito de educación”.
13.- Y finalmente lo que indica se indica en el párrafo final del numeral 2 de su Informe de Auditoria de la Contraloría Regional de la Araucanía que señala que “ Los argumentos por el municipio en su respuesta, no logran desvirtuar lo observado en este punto, por cuanto se ha trasgredido lo establecido en los artículos 1° y 6° letra e), de la Ley N° 20.248 sobre utilización de los recursos SEP, por lo que la observación se mantiene, puesto que en el saldo disponible en la cuenta banco, faltarían a lo menos $ 310.350.755, de los recursos transferidos por el Ministerio de Educación en relación con la subvención escolar preferencial.”
Al tenor de la presente exposición con los fundamentos y documentos acompañados, acá se han aplicado recursos fiscales a fines distintos a los indicados específicamente en la ley SEP, es decir, una desviación de fondos públicos en forma ilegal y arbitraria, por personas que revisten la calidad de funcionarios, no existiendo razones que excusen este delito, tal como la exigencia de gestión del servicio municipal, recalcando que este delito se configura por el solo hecho de realizar desviación de fondos públicos, independiente del resultado y además se actúa conscientemente y con la intención dolosa de otorgar un fin distinto a lo asignado a la ley, tal como la ha indicado la Contraloría Regional de la Araucanía, e incluso reconocido expresamente por escrito y en documentos oficiales por los funcionarios que dirigen la I. Municipalidad de Villarrica, tal como se menciona en el numeral 8 y en el presente numeral.
Por tanto desde el criterio normativo, acá no ha existido negligencia, sino que se ha actuado en forma consciente, dolosa, deliberada y directamente, burlando la ley SEP, pues no se ha aplicado la normativa de la ley N° 20.248 o Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP y se ha vulnerado el articulo 1 y 6, letra e),que es sancionado como infracción grave por el artículo 34, numeral 1 de dicha ley y también por el artículo 76, letra h) de la ley N° 20.529 o Ley de Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.
No se ha investigado exhaustivamente en los sumarios administrativos municipales instruidos, violaciones a la normativa de la ley SEP, creándose un manto de impunidad y por tal razón he presentado la denuncia en fiscalía.
Sr. Fiscal, quiero que sea muy riguroso en la investigación y, exhaustivo, a objeto de acreditar los delitos, acusar y que se sancione a las personas eventualmente responsables por delitos funcionarios, como en este caso corresponde a malversación de fondos públicos del artículo 235 del Código Penal y de leyes especiales.
Para mejor resolver en su proceso de investigación adjunto Reglamento de Estructura, Funciones y Coordinación de la I. Municipalidad de Villarrica.
DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑADA:
1.- Copia e-mail e informe Sr. Carlos CEA
2.- Copia 4 Informes Trimestrales de Ejecución Presupuestaria Municipal
3. Copia Of.N°02145 de Contraloría Regional Araucanía
4.- Copia Cuenta Pública Municipal 2008, 2009 y 2010
5.- Copia carta contraloría investigación Presupuesto 2012
6.- Copia Informe Ejecutivo auditoría DAEM
7.- Copia Actas Concejo Municipal N°82,83 y 85
8.- Copia Oficio N°01842 de Contraloría Regional Araucanía
9.- Copia Decreto Alcaldicio N°344 sobre sumario DAEM
10.-Copia carta Contraloría Regional sobre no investigación contravención Ley SEP por sumario.
11.- Copia Reglamento de Estructura, Funciones y Coordinación de la I. Municipalidad de Villarrica
Victor Durán Rivera
Concejal
Fiscalía de Villarrica
Villarrica, 2 enero 2012
A través del presente escrito adjunto nuevos antecedentes y documentos en causa RUC N°1101281032-8 de la Fiscalía Local de Villarrica, que estimo son útiles para el proceso investigativo que Ud., está desarrollando sobre la denuncia penal a las infracciones graves a los artículos N° 1 y N° 6, letra e), de la Ley N° 20.248 o Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP, que lo señala el artículo 34, numeral 1 de dicha ley, y el artículo 76, letra h) de la ley N° 20.529 o Ley de Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización cometidos por las personas que resulten responsables de la I. Municipalidad de Villarrica.
1.- Con fecha 21 de diciembre de 2011 fui informado por el Sr. Javier Melillanca ex – trabajador DAEM Villarrica, que el Concejo Municipal de la I. Municipalidad de Villarrica con fecha 4 de abril de 2011 recibió e-mail con informe del Sr, Carlos Cea Ex Jefe Administrativo de la Dirección de Administración de Educación Municipal o DAEM Villarrica, sobre usos de los recursos fiscales de la Ley N° 20.248 o Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP en fines distintos a los estipulados por dicha ley (Se adjunta informe, Pág. N°30) entre otras materias. De esta manera solicité copia del e-mail al Secretario Municipal de la I. Municipalidad de Villarrica, el cual recibí con fecha 22 de diciembre del año 2011, según se acredita en e-mail adjunto. De este informe precedido de un e-mail con antecedentes importantes sobre contravención a la Ley SEP fue enviado efectivamente a Concejales con fecha 4 de abril de 2011 y reenviado por dicho Secretario Municipal al Alcalde y al Administrador Municipal con fecha 5 de abril de 2011, el cual no recibí por que la casilla electrónica estaba mal escrita (victordurana@gmail.com), siendo mi e-mail victordura@gmail.com. Se adjunta copia informe Sr. Carlos Cea.
2.- En este contexto se debe señalar que de acuerdo a este informe del Sr. Carlos Cea, el Alcalde de la Comuna de Villarrica don Pablo Astete Mermoud habría conocido oficialmente de esta situación irregular al menos desde el mes de mayo de 2010, pero no se instruyó sumario administrativo alguno al respecto para determinar infracciones y eventual responsabilidad administrativa funcionaria, ni rectificó contravenciones a la Ley SEP, pues de acuerdo al informe de Contraloría Regional de la Araucanía N°24 del 28 de octubre de 2011 que adjuntara en denuncia a esa fiscalía, durante el resto del año 2010 y principios de 2011 se continuó con esta práctica ilegal, pues se estaban cometiendo infracciones graves, tal como lo indica el inciso primero y segundo del artículo 34 de la Ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP.
Se debe agregar que tal como señala el Sr. Carlos Cea en su e-mail fue despedido de la DAEM donde cumplía funciones de Jefe Administrativo de dicha unidad por bajas en las matrículas - empero firma en esa calidad el citado informe- señalando expresamente contravención a la Ley SEP, no obstante, la municipalidad pagó al Sr. Cea una indemnización cercana a los $5.000.000, sin que a la fecha exista acción legal al respecto.
3.- Desde que asumí como Concejal el día 6 de diciembre de 2008, todos los Informes de Ejecución Presupuestaria Municipal que nos han entregado señalan diversos problemas contables, incluidos servicios traspasados como educación, sin que hasta la fecha estas inconsistencias contables hayan sido subsanadas, lo cual no hace confiable dicha contabilidad y abre legítimas dudas sobre el apego a las normas contables y cumplimiento de normas como la ley SEP que entró en vigencia en el mes de febrero de 2008, por lo cual pedí verbalmente en Concejo Municipal, se subsanaran en varias oportunidades. Como ejemplo de prueba se adjunta informe ejecución presupuestario de fecha 15 octubre 2009 (ver pág. N°7-8), 26 de mayo de 2010 (pág. N°7-8) y 22 de marzo 2011 (ver pág.N°9 y 10). Ante esta situación que se mantiene hasta el día de hoy, según Informe de Ejecución Presupuestaria Municipal último del mes de diciembre de 2011, el cual se adjunta, solicité una investigación a Contraloría Regional la cual me responde mediante Oficio N°02145 de fecha 1 de abril de 2011 en términos que dicha instancia considerará estos antecedentes en la auditoría del presente año. Se adjunta oficio de Contraloría. A tal grado llega las inconsistencias contables que voté en contra de la aprobación del Presupuesto Municipal 2012, solicitando a la Contraloría Regional investigue entre otros materias referidas precisamente a la DAEM ya que el presupuesto no está debidamente financiado lo cual vulnera el Art.81 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y al tenor de todo lo expuesto cabe la duda si se seguirán ocupando dineros de la Ley SEP para fines distintos de los previstos. Se adjunta oficio enviado a Contraloría sin que hasta la fecha se haya respondido.
4.- Adicionalmente, salvo en la Cuenta Pública Municipal 2008, en que se informa una deuda flotante en el DAEM es de $23.000.000 (Pág.17), se debe señalar que en las Cuentas Públicas de los años 2009 (pág. sin numeración, ítem 2.2) y 2010 (pág.28), no se informa deuda, lo cual permite colegir con los nuevos antecedentes tenidos a la vista, que no se entregó información fidedigna, ya que por ejemplo la Cuenta Pública 2010 fue entregada al Concejo Municipal con fecha 28 de abril de 2011, fecha en que ya se conocían los resultados de la auditoría e informe de Carlos Cea con las contravenciones a la Ley SEP y deuda real. Se adjuntan copias Cuenta Pública 2008, 2009 y 2010.
5.- Recién con fecha 10 de marzo de 2010 según consta en Acta N°46 del Concejo Municipal el Alcalde Pablo Astete Mermoud propone al Concejo Municipal de Villarrica la elaboración de una auditoría al Dpto. de Educación Municipal de Villarrica 2007-2009, comenzando su realización en el mes de agosto de 2010, cuyo Informe se entrega al municipio con fecha 22 de noviembre de 2010. En ella se consignan contravenciones a la Ley SEP (Pág. N°7 y otras). Se ajunta Informe Ejecutivo. Sin embargo, no se instruye ningún sumario administrativo para determinar infracciones a la ley y responsabilidad administrativa de funcionarios, en virtud y lo reitero, de que se estaban cometiendo infracciones graves, tal como lo indica el inciso primero y segundo del artículo 34 de la Ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP.
6.- La auditoría externa al Dpto. de Administración y Educación Municipal (DAEM) no se nos presentó a los concejales ni verbalmente ni por escrito, sino hasta que pedí verbalmente y expresamente que esto ocurriera, pues yo accedí por iniciativa propia al Informe Ejecutivo de ésta y di a conocer en el Concejo Municipal las principales conclusiones. La reunión en ese momento estaba presidida por el Concejal don René Rubeska Balboa, acordándose su presentación en el siguiente Concejo Municipal. Esta solicitud verbal de presentación auditoría consta en Acta N°82 de fecha 9 de marzo de 2011 (hoja N°6). Se adjunta copia de acta.
7.- Se debe agregar que la auditoría hasta el día de hoy no ha sido publicada en la web municipal, cuya dirección es www.villarrica.org., como lo exige el artículo 7, letra l, de la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública o Ley de Transparencia.
8.- Con fecha 16 de marzo del año 2011, según consta en Acta N°83 (hojas N°6-10) del Concejo Municipal de Villarrica, se presentó la auditoría por parte de la Unidad de Control Municipal y dadas las inconsistencias y diferencias que tenía el informe de auditoría con las respuestas de la DAEM, Alcalde y Unidad de Control Municipal, solicité que fuera la empresa auditora quien expusiera los resultados, lo cual consta en dicha acta. Se adjunta copia de acta.
Por ejemplo en dicha Acta se consigna que el Alcalde señala antecedentes contradictorios:
"El Señor Alcalde informa que los fondos SEP, se destinaron a financiar la diferencia y no se ejecutaron".
Por otra parte agrega:
"El Señor Alcalde manifiesta como instruí al Director de Control ingreso de la Ley SEP, la claridad respecto del uso de los recursos que son importantes, cuantiosos, y además que está la sensación que se restó recursos que estaban orientados a la atención de los alumnos alta prioridad, creo que eso es lo más importante, exactamente, donde se destinó y por qué razón".
Lo cual a todas luces significa transgresión al artículo 6 letra e), en el uso de los recursos de la subvención escolar preferencial, tal como lo indica el inciso primero y segundo del artículo 34 de la Ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP.
Ante esta situación de confusión, pedí expresamente por oficio una investigación a la Contraloría Regional de la Araucanía enviando copia de Informe Ejecutivo Auditoría DAEM, lo cual también consta en dicha acta. La Contraloría Regional de la Araucanía me responde por Oficio N°01842 del 22 marzo de 2011 que el Alcalde debía instruir un sumario administrativo, sin perjuicio de los planes fiscalizadores de esa repartición. Adjunto oficio de Contraloría.
9.- Con fecha 6 de abril del año 2011, según consta en Acta N°85 (pág.N°5-7) expuso ante el Concejo Municipal la empresa consultora ACAP realizadora de la auditoría externa, sin entregar antecedentes concluyentes y no analizándose el punto en particular sobre Ley SEP a pesar que expresé lo siguiente:
“El Concejal Sr. Duran manifiesta su preocupación por la capacidad fiscalizadora del Ministerio a través de la Seremi porque se han estado cancelando estos incentivos y ellos no han advertido que se están pagando con recursos de subvención lo que no es legal, porque se debe cancelar con recursos propios o de transferencia”.
.- Recién mediante Decreto Alcaldicio N°161 del 15 de abril de 2011 se instruye sumario administrativo sobre irregularidades detectadas en auditoría externa al Dpto. Educación Municipal de Villarrica, no obstante, no se investigaron contravenciones manifiestas y graves referente a la malversación de la subvención escolar preferencial, a la Ley de Subvención Escolar Preferencial (Ley SEP) según consta en proceso que culmina en la dictación del Decreto Alcaldicio N°344 de fecha 17 de noviembre de 2011, por lo cual solicité por escrito investigar esta situación grave a la Contraloría Regional de la Araucanía. Se adjunta oficio enviado con fecha 16 de diciembre de 2011 a esa unidad de control, no obteniendo respuesta hasta la fecha. Adjunto además Decreto Alcaldicio N°344.
En relación a este numeral se debe agregar que sólo se hizo sumario por presión tanto de Oficio N°01842 de Contraloría de fecha 22 de marzo de 2011 descrito en numeral 8 e e-mail con informe de Carlos Cea a los Concejales de fecha 4 de abril de 2011, detallado en numeral 1.
10.- Con fecha 7 de diciembre de 2011 se hace entrega al Concejo Municipal del informe de la Contraloría Regional de la Auditoría a la Ley SEP, en que se concluye la contravención a dicha ley, por lo cual con este antecedente fundado y oficial, denuncié el hecho a la Fiscalía con fecha 12 de diciembre del presente año, a Ud., tal como consta al Sr. Fiscal.
11.-Se debe señalar que recién con fecha 14 de diciembre del presente año se nos advierte por primera vez en el Informe Trimestral de Ejecución Presupuestaria Municipal en su pág.10 de la contravención a la Ley SEP, según informe de Contraloría Regional de la Araucanía. Se adjunta Informe de Ejecución Presupuestaria Trimestral Municipal de fecha 9 de diciembre de 2011.
12.- Resulta del todo evidente de lo analizado y señalado precedentemente, que existe contravención manifiesta, grave, dolosa y reiterada a la Ley SEP durante al menos en los años 2009-2011, pues tal como lo indica expresamente el Informe de Auditoria de Contraloría de la Región de la Araucanía de fecha , en la que se indica la respuesta de la I. Municipalidad de Villarrica al oficio emanado del ente contralor, expresa en el numeral 2 “ se vieron en la obligación de utilizar los recursos para financiar el funcionamiento de la de la educación municipal en su conjunto”, lo que también se señala y corrobora en mismo numeral ; “ de esta forma se espera recuperar los fondos de la Subvención Escolar Preferencial invertidos en otros propósito de educación”.
13.- Y finalmente lo que indica se indica en el párrafo final del numeral 2 de su Informe de Auditoria de la Contraloría Regional de la Araucanía que señala que “ Los argumentos por el municipio en su respuesta, no logran desvirtuar lo observado en este punto, por cuanto se ha trasgredido lo establecido en los artículos 1° y 6° letra e), de la Ley N° 20.248 sobre utilización de los recursos SEP, por lo que la observación se mantiene, puesto que en el saldo disponible en la cuenta banco, faltarían a lo menos $ 310.350.755, de los recursos transferidos por el Ministerio de Educación en relación con la subvención escolar preferencial.”
Al tenor de la presente exposición con los fundamentos y documentos acompañados, acá se han aplicado recursos fiscales a fines distintos a los indicados específicamente en la ley SEP, es decir, una desviación de fondos públicos en forma ilegal y arbitraria, por personas que revisten la calidad de funcionarios, no existiendo razones que excusen este delito, tal como la exigencia de gestión del servicio municipal, recalcando que este delito se configura por el solo hecho de realizar desviación de fondos públicos, independiente del resultado y además se actúa conscientemente y con la intención dolosa de otorgar un fin distinto a lo asignado a la ley, tal como la ha indicado la Contraloría Regional de la Araucanía, e incluso reconocido expresamente por escrito y en documentos oficiales por los funcionarios que dirigen la I. Municipalidad de Villarrica, tal como se menciona en el numeral 8 y en el presente numeral.
Por tanto desde el criterio normativo, acá no ha existido negligencia, sino que se ha actuado en forma consciente, dolosa, deliberada y directamente, burlando la ley SEP, pues no se ha aplicado la normativa de la ley N° 20.248 o Ley de Subvención Escolar Preferencial o Ley SEP y se ha vulnerado el articulo 1 y 6, letra e),que es sancionado como infracción grave por el artículo 34, numeral 1 de dicha ley y también por el artículo 76, letra h) de la ley N° 20.529 o Ley de Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.
No se ha investigado exhaustivamente en los sumarios administrativos municipales instruidos, violaciones a la normativa de la ley SEP, creándose un manto de impunidad y por tal razón he presentado la denuncia en fiscalía.
Sr. Fiscal, quiero que sea muy riguroso en la investigación y, exhaustivo, a objeto de acreditar los delitos, acusar y que se sancione a las personas eventualmente responsables por delitos funcionarios, como en este caso corresponde a malversación de fondos públicos del artículo 235 del Código Penal y de leyes especiales.
Para mejor resolver en su proceso de investigación adjunto Reglamento de Estructura, Funciones y Coordinación de la I. Municipalidad de Villarrica.
DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑADA:
1.- Copia e-mail e informe Sr. Carlos CEA
2.- Copia 4 Informes Trimestrales de Ejecución Presupuestaria Municipal
3. Copia Of.N°02145 de Contraloría Regional Araucanía
4.- Copia Cuenta Pública Municipal 2008, 2009 y 2010
5.- Copia carta contraloría investigación Presupuesto 2012
6.- Copia Informe Ejecutivo auditoría DAEM
7.- Copia Actas Concejo Municipal N°82,83 y 85
8.- Copia Oficio N°01842 de Contraloría Regional Araucanía
9.- Copia Decreto Alcaldicio N°344 sobre sumario DAEM
10.-Copia carta Contraloría Regional sobre no investigación contravención Ley SEP por sumario.
11.- Copia Reglamento de Estructura, Funciones y Coordinación de la I. Municipalidad de Villarrica
Victor Durán Rivera
Concejal
martes, 3 de enero de 2012
TABLA SESION CONCEJO MUNICIPAL 4 ENERO 2012
NESTOR BURGOS RIQUELME, SECRETARIO MUNICIPAL Y DE CONCEJO, saluda con especial atención a los Srs. Concejales, y de acuerdo con la Ley Nº 18.695, Art. 84, Inciso 3º; por expresa disposición del Alcalde hago llegar la convocatoria, para una Reunión Ordinaria el día Miércoles 04 de Enero de 2012 a las 08:30 hrs. en dependencias de la Sala de Reuniones del Municipio.
TABLA SESION ORDINARIA Nº 112 CONCEJO MUNICIPAL
MIERCOLES 04 DE ENERO DE 2012.-
MATERIAS
1. Aprueba Acta Anterior
2. Varios
3. Aprueba Modificación Presupuestaria Municipal Nº 01-2012.
4. Aprueba autorización de permuta Bien Inmueble Municipal.
5. Aprueba exención de Aseo Domiciliario año 2012.-
6. Aprueba funciones contrato Sr. Edmundo Urra.
7. Aprobación Informe para renovación de Patentes de alcohol en la Comuna 2do. Semestre Año Tributario 2011.
8. Correspondencia
TABLA SESION ORDINARIA Nº 112 CONCEJO MUNICIPAL
MIERCOLES 04 DE ENERO DE 2012.-
MATERIAS
1. Aprueba Acta Anterior
2. Varios
3. Aprueba Modificación Presupuestaria Municipal Nº 01-2012.
4. Aprueba autorización de permuta Bien Inmueble Municipal.
5. Aprueba exención de Aseo Domiciliario año 2012.-
6. Aprueba funciones contrato Sr. Edmundo Urra.
7. Aprobación Informe para renovación de Patentes de alcohol en la Comuna 2do. Semestre Año Tributario 2011.
8. Correspondencia
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